2005
DTS 152 In re: José
A.
de la Texera Bernes y José G. Marrero Luna,
2005 TSPR 152
Mediante Opinión per curiam, el Tribunal Supremo decreta
la suspensión inmediata de ambos querellados del
ejercicio de la profesión. La suspensión es por
un mes y hasta que otra cosa provea el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo concluyó en este proceso
disciplinario que los abogados violaron el Canon 38 de Ética
Profesional, al incurrir en conducta que provocó que
ambos fueran declarados culpables de alteración a la paz
bajo el Código Penal de 1974; código ahora derogado.
En
cuanto a la conducta de los querellados, el Tribunal
Supremo expresó que ambos demostraron “una conducta
reprochable, ajena a los altos principios éticos que
rigen nuestra profesión, cuyos miembros deben demostrar
la mayor rectitud en sus relaciones interpersonales.
La conducta amenazadora y desafiante desplegada por los
abogados querellados fue una invitación a la violencia y
no tiene cabida entre los miembros de la profesión jurídica.”
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