2005
DTS 171 Queens Developers, Inc. v Autoridad de Energía
Eléctrica, 2005 T.S.P.R. 171
Mediante Opinión emitida por el
Juez Asociado Rebollo Lopez, el Tribunal Supremo resuelve
que la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) deberá
resarcir a las demandantes los gastos incurridos por éstas
en la rehabilitación y reparación del sistema de
distribución de energía eléctrica de la
Urbanización Ciudad Cristiana. Los gastos de
rehabilitación y reparación del sistema a
reembolsarse serán los que se incurrieron hasta lo que
se conoce como “el punto de entrega” de cada una de
las unidades de vivienda adquiridas. El punto de
entrega es el punto donde la línea de la AEE conecta a
las instalaciones propiedad del abonado.
La reclamación surge, en esencia, cuando las demandantes
adquieren ciertas unidades de vivienda dentro de la
Urbanización Ciudad Cristiana. Al momento de
la adquisición de dichas unidades, debido a que la
urbanización estuvo abandonada por más de 5 años,
el sistema eléctrico fue vandalizado y estaba
deteriorado. El abandono mencionado causó, además,
que la Autoridad suspendiera el servicio de energía eléctrica
y retirara de las facilidades casi la totalidad de los
transformadores de distribución eléctrica, por razones
de seguridad.
Las demandantes, luego de adquirir las unidades,
exigieron a la AEE que asumiera el costo de reparar y
rehabilitar el sistema eléctrico de la urbanización;
reclamo que la AEE denegó. El Tribunal de Primera
Instancia había resuelto que el costo de la rehabilitación
del sistema le correspondía a las demandantes, mientras
que el Tribunal de Apelaciones revocó al foro primario.
Esta última decisión, la del foro apelativo intermedio,
es la que el Tribunal Supremo confirma. El Tribunal
Supremo en la Opinión objeto de este resumen analizó,
entre otras cosas, las escrituras de adquisición
pertinentes, la ley habilitadora de la AEE, y los
reglamentos de la referida entidad demandada. |