2005
DTS 192 Santiago
v. Setongo
,
2005 T.S.P.R. 192
Mediante Opinión emitida
por la Jueza Rodríguez Rodríguez
,
el Tribunal Supremo resolvió que los Tribunales de
Puerto Rico tienen jurisdicción para atender un asunto
de custodia, de conformidad con la ley federal llamada
“Parental Kidnapping Prevention Act” (PKPA)
,
en un caso donde
,
en otros hechos
,
el padre reside en Islas Vírgenes
,
y la madre reside con el menor en Puerto Rico desde hace
aproximadamente 6 años (específicamente desde que los
padres se divorciaron en los Tribunales de Islas Vírgenes
,
que fue la jurisdicción donde se casaron
,
nació el menor y se divorciaron).
Concluyó el Tribunal Supremo que no podía
entenderse que el Tribunal de Islas Vírgenes---foro que
divorció la pareja---tenía “jurisdicción continua”
en virtud de la cláusula de continuidad del PKPA.
No se cumple con el requisito de umbral para la
jurisdicción continua
,
a saber: un decreto original de Islas Vírgenes sobre
custodia o derechos de visita consistente con las
disposiciones de la ley federal. Por consiguiente
,
no habiendo en la actualidad un decreto de custodia
pendiente en otro foro relacionado al menor
,
los Tribunales de Puerto Rico pueden asumir jurisdicción
en la materia de custodia y relaciones filiales de este
niño. Este menor reside en Puerto Rico desde hace
aproximadamente seis años
,
y es Puerto Rico
,
indudablemente
,
su estado de residencia.
|