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Resumen de la Jurisprudencia de P.R.


 2006 DTS 012 SANTIAGO COLON V. SUPERMERCADOS GRANDE, 2006 TSPR 12

    Mediante Opinión emitida por el Juez Asociado Rebollo López, el Tribunal Supremo se expresa sobre la responsabilidad de un establecimiento comercial por actos criminales de terceros que ocurren en sus facilidades.  Al así hacerlo, revoca al foro apelativo y reinstala la decisión del tribunal de primera instancia. 

    El Tribunal Supremo indicó que lo determinante al momento de evaluar si un establecimiento comercial tiene el deber de ofrecer seguridad adecuada y razonable a sus clientes y visitantes, no es el tamaño ni la clasificación del establecimiento (e.g., si es o no un “centro comercial regional”).  Lo preciso será analizar, la totalidad de las circunstancias del caso, en particular: (1) la naturaleza del establecimiento comercial y de las actividades que allí se llevan a cabo; (2) la naturaleza de la actividad criminal que se ha registrado y se está registrando en las facilidades y en el área donde está ubicado el establecimiento; y (3) las medidas de seguridad existentes en el mismo.

    El Tribunal Supremo explicó, al aplicar el derecho a los hechos del caso, que el demandado, Supermercados Grande, (a) tenía y tiene el deber de ofrecer un grado de seguridad que proteja, adecuada y razonablemente, a sus clientes y visitantes, (b) que dicha entidad incumplió dicho deber al no proveer seguridad en el establecimiento y (c) que su omisión fue la causa adecuada de los daños a la parte demandante (quien fue víctima de un intento de “carjacking”, donde recibió golpes e impactos de bala que le causaron serias lesiones).

    Resolvió además el más Alto Foro que no erró el foro primario al negarse a imponer intereses por temeridad.


Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no
constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor prepara este resumen como un servicio voluntario a la comunidad.

Advertencia: La colaboración de estos resumenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes y como un servicio voluntario a la comunidad. LexJuris.com no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

 

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