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Resumen de la Jurisprudencia de P.R.


2006 DTS 098 GONZALEZ ARISTUD VS. HOSPITAL PAVIA, 2006 TSPR 98

    Mediante Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado Fuster Berlingeri, el Tribunal Supremo se expresa sobre un planteamiento de debido proceso de ley en el contexto de una suspensión de privilegios médicos de cortesía en las facilidades de un hospital privado. 

     De entrada, el Tribunal Supremo resuelve, revocando a los foros inferiores, que este caso no versa sobre la figura jurídica del debido proceso de ley constitucional, en su modalidad procesal, puesto que el caso trata de controversias entre partes privadas.

     El Tribunal Supremo explicó que el debido proceso de ley, al igual que la gran mayoría de las garantías constitucionales, protege a las personas esencialmente frente al Estado.  Dicho de otro modo, por su propia naturaleza, la gran mayoría de los derechos individuales de origen constitucional integran limitaciones al ejercicio de los poderes del Estado y no a las actuaciones privadas.  Por eso para que se pueda plantear judicialmente una violación a un derecho constitucional, de ordinario debe haber mediado una actuación del Estado. 

     El enfoque adjudicativo correcto es analizar este caso como uno que presenta una controversia contractual: si el hospital demandado siguió su reglamento (el contrato entre las partes) en el proceso de suspender sumariamente los privilegios médicos de cortesía del demandante. 

     El Tribunal Supremo concluye que no hay hechos en controversia para determinar que el hospital demandado cumplió con el reglamento al suspender sumariamente al demandante, por lo que el Tribunal Supremo desestimó la demanda del médico mediante el mecanismo de la sentencia sumaria.


Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no
constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor prepara este resumen como un servicio voluntario a la comunidad.

Advertencia: La colaboración de estos resumenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes y como un servicio voluntario a la comunidad. LexJuris.com no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

 

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