2006
DTS 005 Moreno Martínez vs. Martínez Ventura, 2006 TSPR
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Mediante Opinión del Tribunal emitida por el Juez
Asociado Señor Fuster Berlingeri, el Tribunal Supremo
revoca al Tribunal de Apelaciones y al foro de instancia,
que declararon nulo un testamento abierto. Los
foros inferiores consideraron que, debido a que el
notario no hizo constar que le fue imposible identificar
al testador mediante conocimiento personal antes de
emplear medios supletorios de identificación, el notario
violó las disposiciones pertinentes del Código Civil
que regulan la otorgamiento de los testamentos, por lo
que el testamento en cuestión era nulo.
El
Tribunal Supremo concluyó que en casos como el de autos,
cuando el notario autorizante combina un medio supletorio
para identificar al testador con una dación de fe en
torno al conocimiento del testado ―a
diferencia de cuando no realiza dación de fe alguna―
los tribunales deberán cerciorarse de si en efecto el
notario conocía personalmente al testador, antes de
resolver si el testamento es nulo o no. En este
caso existe suficiente evidencia en el expediente para
concluir que en efecto, el notario autorizante del
testamento conocía personalmente al señor Moreno Visual
y que eso fue lo que intentó comunicar al dar fe del
“conocimiento, profesión y vecindad” del otorgante.
Por lo tanto, el testamento es válido.
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