2006 DTS 118 IN RE: TORRES
VILLANUEVA, 2006 TSPR 118
Mediante Opinión per curiam el Tribunal
Supremo suspende al querellado de la práctica de la
notaria por el término de tres meses debido a que éste
violó la fe pública notarial y el Canon 35 de Etica
Profesional.
La base fáctica para la suspensión fue, en esencia, que
el notario autorizó una escritura de compraventa cuando
él debía conocer que el vendedor en dicha escritura ya
no era el verdadero dueño de acuerdo a una escritura de
permuta previa que ese mismo notario autorizó. Es
decir, el notario conocía que la parte vendedora no tenía
la titularidad sobre el inmueble vendido,
independientemente de que la escritura de permuta
mencionada no se había presentado en el registro de la
propiedad.
|