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Resumen de la Jurisprudencia de P.R.


2006 DTS 180 Consejo de Titulares v. Jetter, 2006 TSPR 180


          Mediante Opinión emitida por el Juez Rebollo López, el Tribunal Supremo resuelve, en primer lugar, que no se encuentran exentos de responsabilidad los pasados miembros de una antigua Junta de Directores de un condominio ante reclamaciones del Consejo de Titulares, por sus actuaciones y omisiones negligentes mientras ocuparon sus puestos directivos.

 

          En segundo lugar, el Tribunal Supremo resuelve que la controversia no es de la jurisdicción exclusiva de DACO.  Explica el Tribunal Supremo que tanto bajo el estado de derecho anterior como bajo el actual, la jurisdicción exclusiva del DACO nunca se ha extendido a reclamaciones como la de este caso, en la cual un Consejo de Titulares le reclama a los pasados miembros de una antigua Junta de Directores por sus actuaciones u omisiones negligentes en el desempeño de sus funciones.    La jurisdicción exclusiva del DACO se extiende a aquellas reclamaciones en contra de la Junta de Directores, en funciones, al momento de la reclamación.

 

Por último, nuestro más Alto Foro resuelve que procede la acumulación de los cónyuges de los antiguos miembros de una junta de directores y sus respectivas sociedades de bienes gananciales como partes demandadas en la causa de acción en daños por las actuaciones y omisiones negligentes de los ex directores durante su incumbencia.  Esto, aunque el Consejo de Titulares no adujo en la demanda enmendada alegaciones específicas en contra de los cónyuges y las sociedades conyugales en cuestión, puesto que con una  enmienda solicitada a las alegaciones se subsanaba la deficiencia de la demanda enmendada.


Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no
constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor prepara este resumen como un servicio voluntario a la comunidad.

Advertencia: La colaboración de estos resumenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes y como un servicio voluntario a la comunidad. LexJuris.com no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

 

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