Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2014
2014 DTS 053 GARCIA ONEILL ELA Y OTROS, 2014TSPR053
Mediante Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Rivera García, el Tribunal Supremo resuelve que la notificación que requiere el Art. 15.003 de la Ley Núm. 81-1991, 21 L.P.R.A. sec. 4703, como paso previo a entablar una reclamación judicial contra un municipio, puede interrumpir el término prescriptivo si la notificación cumple simultáneamente los requisitos de una reclamación extrajudicial. Esta determinación de nuestro Tribunal Supremo es compatible con lo resuelto en Zambrana Maldonado v. E.L.A., 129 D.P.R. 740 (1992), donde se resolvió de igual forma, pero en el contexto de una notificación requerida por el Art. 2A(f) de la Ley de Reclamaciones y Pleitos contra el Estado, 32 L.P.R.A. sec. 3077 (a).
El Juez Presidente señor Hernández Denton no intervino. La Jueza Asociada señora Pabón Charneco no interviene.
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