Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2014
2014 DTS 118 RIVERA SERRANO V. MUNICIPIO DE GUAYNABO Y OTROS, 2014 TSPR 118
Mediante Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Rivera García, el Tribunal Supremo resuelve que no procede la desestimación de una demanda en daños y perjuicios de un menor cuando su padre, madre o tutor legal incumple con la notificación al Alcalde requerida por el Art. 15.003 de la Ley Núm. 81-1991 (“Ley de Municipios Autónomos”). Por tanto, en el contexto particular de las demandas en daños y perjuicios autorizadas por la Ley de Municipios Autónomos, no procede privar a un menor de edad de su causa de acción por la negligencia incurrida por su custodio legal en cuanto al requisito de notificación. En consecuencia, se confirma la determinación del Tribunal de Apelaciones y se ordena la continuación de los procedimientos en cuanto a lo que respecta a la causa de acción del menor.
La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez y la Jueza Asociada Oronoz Rodríguez concurren sin opinión escrita. La Jueza Asociada señora Pabón Charneco no interviene.
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