Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2017


2017 DTS 3 PÉREZ RIERA V. CONSEJO DE TITULARES, 2017 TSPR 3

Mediante Opinión emitida por la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez, el Tribunal Supremo resuelve que, de conformidad a la Ley de Condominios, Ley Núm. 103 del 5 de abril de 2003, se requiere el acuerdo unánime de los titulares para que el Consejo de Titulares pueda aprobar obras de mejora cuando se impone una derrama para sufragarlas.

Algunas expresiones dispositivas del Tribunal Supremo son las siguientes:

En atención a lo anterior, el Artículo 38(d)(3) de la Ley de Condominios, supra, si bien no lo dispone de forma expresa en su texto, claramente mantuvo el requisito de unanimidad para la aprobación de obras de mejora cuando no existen fondos suficientes para costearlas o cuando, según ocurre en el caso de autos, aun habiendo fondos suficientes se determina costearlas mediante la imposición de una derrama. Esta interpretación es cónsona con el historial legislativo que hemos discutido y que demuestra indubitadamente que el legislador pretendió hacer un balance entre, por un lado, el interés de fomentar la realización de mejoras dirigidas a aumentar el valor y la productividad del condominio y, por otro, la protección de los titulares frente a gastos a los que no consintieron. Véase Informe Conjunto de las Comisiones de Vivienda, de Banca y Asuntos del Consumidor y de lo Jurídico sobre el P. del S. 1425, XIV Asamblea Legislativa (12 de noviembre de 2002).

 


Nota: Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor, que se reserva todos sus derechos, prepara este resumen en su carácter personal, como un servicio voluntario a la comunidad.

 

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