Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2017
2017 DTS 156 DÍAZ RAMOS V. MATTA IRIZARRY, 2017 TSPR 156
Mediante Opinión emitida por la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez, el Tribunal Supremo resuelve que el cálculo de las pensiones alimentarias debe hacerse en virtud de la normativa vigente para cada periodo de tiempo pertinente. Entre otros temas, en la opinión se discute el asunto de la retroactividad de las leyes.
La controversia surge porque las guías mandatorias para computar las pensiones alimentarias en Puerto Rico fueron enmendadas en el año 2014, y los cálculos de pensión en este caso particular incluían períodos previos a la efectividad de tales enmiendas, y otros posteriores a éstas.
De conformidad a lo resuelto, los períodos anteriores a la vigencia de las Guías del 2014 se adjudicarían a base de las Guías del 2006, y los periodos posteriores a la vigencia de las Guías del 2014 serían adjudicados a base de dichas guías.
La Jueza Asociada señora Pabón Charneco y los Jueces Asociados señor Kolthoff Caraballo y señor Rivera García concurren sin opinión escrita. El Juez Asociado señor Feliberti Cintrón inhibido.
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