Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R.


 97 DTS 37 IN RE: EN MIENDA AL REGLAMENTO NOTARIAL

 

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Núm. ER-97-1, 97 JTS 37

In Re: ENMIENDA AL REGLAMENTO NOTARIAL PARA ENMENDAR LA REGLA 28

Núm. ER-97-1, 97 JTS 37

 

RESOLUCION

San Juan, Puerto Rico, a 25 de marzo de 1997

Se enmienda el segundo párrafo de la Regla 28 del Reglamento Notarial que aprobamos mediante Resolución de 14 de julio de 1995, para que lea en su totalidad como sigue:

El Notario, a su discreción, podrá relacionar en la escritura el documento que le ha sido mostrado y que acredita la capacidad representativa de un compareciente, salvo que deberá relacionar tal referencia en la escritura cuando fuere solicitada por alguno de los comparecientes.

Esta resolución tendrá vigencia inmediata.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica el Señor Secretario General.

Francisco R. Agrait Lladó

Secretario General

 

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