Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R.
97 DTS 37 IN RE: EN MIENDA AL REGLAMENTO NOTARIAL
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Núm. ER-97-1, 97 JTS 37
In Re: ENMIENDA AL REGLAMENTO NOTARIAL PARA ENMENDAR LA REGLA 28
Núm. ER-97-1, 97 JTS 37
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 25 de marzo de 1997
Se enmienda el segundo párrafo de la Regla 28 del Reglamento Notarial que aprobamos mediante Resolución de 14 de julio de 1995, para que lea en su totalidad como sigue:
El Notario, a su discreción, podrá relacionar en la escritura el documento que le ha sido mostrado y que acredita la capacidad representativa de un compareciente, salvo que deberá relacionar tal referencia en la escritura cuando fuere solicitada por alguno de los comparecientes.
Esta resolución tendrá vigencia inmediata.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica el Señor Secretario General.
Francisco R. Agrait Lladó
Secretario General
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