Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R.


 97 DTS 38 IN RE: IGLESIAS

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Núm. TS-10068, 97 JTS 38

Verónica Rubí Iglesias, Peticionaria

 

Núm. TS-10068, 97 JTS 38

RESOLUCION

 

En San Juan, Puerto Rico, a 1 de abril de 1997.

Vista la solicitud de inactivación voluntaria presentada por la peticionaria, la Lcda. Verónica Rubí Iglesias, el 17 de diciembre de 1996 y examinada la "Moción Informativa" presentada por el Colegio de Abogados de Puerto Rico el 20 de febrero de 1997, el Tribunal autoriza la inactivación voluntaria de la peticionaria epígrafe, como miembro activo del Colegio de Abogados de Puerto Rico, y por ende, del ejercicio de la abogacía en Puerto Rico.

Lo acordó el Tribunal y certifica el señor Secretario General.

Francisco R. Agrait Lladó

Secretario General

 

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