Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R.
97 DTS 120 IN RE: FUNDACION FACULTAD DE DERECHO EUGENIO MARIA DE HOSTOS
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Núm. MC-96-25 97 JTS …
In re: Fundación Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos, Peticionaria
San Juan, Puerto Rico, a 22 de agosto de 1997
Resolución
El 13 de agosto de 1997, emitimos una Resolución señalando las medidas a tomar para completar el proceso de evaluación de la Fundación Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos, en adelante "FFDEMH", y autorizando sólo para eso fines la admisión de los egresados actuales de esa institución al examen de reválida a otorgarse en septiembre de 1997.
Indicamos entonces que la FFDEMH debía asegurarse que dicha Resolución fuese conocida por todos sus estudiantes actuales y futuros, y que debía informanos de la medidas tomadas para ello.
El 17 de agosto de 1997, se publicó en un periódico del país un anuncio titulado "UN EXITO MAS" suscrito por el decano de la FFEDEMH, que no relata correctamente el contenido y alcance de nuestra Resolución del 13 de agosto de 1997, lo cual sorprende a los miembros de este Tribunal. Nos preocupa en particular que los interesados en comenzar o continuar estudios de Derecho en la institución en cuestión no estén debidamente advertidos de lo que se indica y resuelve en la Resolución aludida.
Por lo cual, se le concede un término de diez (10) días a la FFDEMH para que nos informe qué medidas ha tomado y habrá de tomar, para cumplir cabalmente con nuestra orden en la Resolución del 13 de agosto de 1997, de que ésta le fuese notificada a todos sus estudiantes actuales y futuros.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Subsecretaria del Tribunal. Los Jueces Asociados señores Negrón García y Rebollo López y la Juez Asociada señora Naveira de Rodón no intervinieron.
Carmen E. Cruz Vera
Subsecretaria del Tribunal Supremo.
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