Jurisprudencia
del Tribunal Supremo de P. R. del año 2004
2004 DTS 031 IN RE: REGLAMENTO PARA LA ASIGNACION DE
ABOGADOS DE OFICIO EN LO PENAL 2004TSPR031
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: Reglamento para la Asignación de
Abogados y Abogadas de Oficio en
Procedimientos de Naturaleza Penal
2004 TSPR 31
160 DPR ____
Número del
Caso: ER-2004-1
Fecha: 1 de marzo de 2004
ADVERTENCIA
Este documento constituye un
documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y
correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones
del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la
comunidad.
El Director de la Sociedad para Asistencia Legal ha
informado la imposibilidad de continuar asumiendo nuevos casos para la
representación legal de personas indigentes.
Es
evidente que la situación señalada requiere que se tomen medidas cautelares
para proteger los derechos, deberes e intereses afectados. En atención a ello, el Tribunal determina que
mientras dure esta situación se modifica el Reglamento para la Asignación de
Abogados y Abogadas de Oficio en Procedimientos de Naturaleza Penal de julio de
1998 y serán de aplicación las siguientes normas:
1. Se faculta a las Juezas y Jueces
Administradores y a las Juezas y Jueces del Tribunal de Primera Instancia
nombrar abogadas o abogados de oficio sin tener que utilizar la Regla 8 (Orden
de Asignación) y la Regla 10 (Registro para el Control de Asignaciones), de
dicho Reglamento.
2. Se faculta a las Juezas y Jueces
Administradores a coordinar con la directiva de la delegación del Colegio de
Abogados de cada región judicial la creación de un panel de abogadas y abogados
que de forma voluntaria y compensada representen a personas indigentes en
causas de índole penal.
3. Se autoriza a las abogadas y
abogados asignados de oficio que presten sus servicios en virtud de los incisos
1 y 2, durante este período, a solicitar compensación económica por todas las
horas trabajadas, relevándoles de la obligación de ofrecer servicio gratuito
según dispuesto en la Regla 26 del Reglamento para la Asignación de Abogados y
Abogadas de Oficio en Procedimientos de Naturaleza Penal, supra.
4. La Directora Administrativa de
los Tribunales implantará de forma eficiente y expedita estas normas.
Esta
medida la tomamos para descargar nuestra responsabilidad de asegurar la buena
marcha de la administración de la justicia criminal en Puerto Rico.
Esta Resolución tendrá vigencia
inmediata.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y
certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
El Juez Asociado señor Fuster Berlingeri está conforme con la resolución, pero además,
hace constar que en su criterio no debe interpretarse que el Tribunal
desaprueba los reclamos de la Sociedad para Asistencia Legal ni que de modo
alguno se pretende afectar su derecho constitucional a hacer esos reclamos.
Patricia Otón Olivieri
Secretaria del Tribunal Supremo
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