Jurisprudencia
del Tribunal Supremo de P. R. del año 2004
2004 DTS 036 IN RE: MORELL CORRADA 2004TSPR036
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: Marcos A. Morell Corrada
2004 TSPR 36
161 DPR ____
Número del Caso: TS-4569
Fecha: 10 de marzo de 2004
Oficina de
Inspección de Notarías: Lcda.
Carmen H. Carlos
Directora
Abogado de la Parte Peticionaria: Por
Derecho Propio
Materia: Moción en
Solicitud Urgente de Reincorporación
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal
Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación
y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución
electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 10 de
marzo de 2004.
Examinada la Moción en Solicitud
Urgente de Reincorporación presentada por Marcos A. Morell
Corrada en la que expone que ha cumplido con los
términos de la suspensión de un año del ejercicio de la abogacía, según lo
dispuesto en la Opinión Per Curiam
y Sentencia del 5 de marzo de 2003, In re: Marcos Morell
Corrada, José Alcover
García, 2003 TSPR 034, se ordena únicamente su reinstalación inmediata al
ejercicio de la abogacía.
En cuanto al ejercicio de la
notaría, se le concede al licenciado Morell Corrada un término de treinta (30) días para contestar el
Informe sobre el Estado de la Obra Notarial Incautada sometido por la Lic.
Carmen H. Carlos, Directora de la Oficina de Inspección de Notaría, y subsanar
las deficiencias señaladas en el Informe de Inspección. Se le apercibe al
licenciado Morell Corrada
que su incumplimiento con esta orden conllevará su suspensión automática de la
abogacía.
Notifíquese por la vía
telefónica y la ordinaria.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la
Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Corrada
del Río inhibido.
Patricia
Otón Olivieri
Secretaria
del Tribunal Supremo
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