Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2004
2004 DTS 067 SAN ANTONIO MARITIME V. PUERTO RICO CEMENT 2004TSPR067
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
San Antonio Maritime, Transcaribbean Maritime (Sr. Víctor González)
Demandante-Peticionario
v.
Puerto Rican Cement Co., Inc.
Demandada-Recurrida
Certiorari
2004 TSPR 67
161 DPR ____
Número del Caso: CC-1999-854
Fecha: 30 de abril de 2004
Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I
Juez Ponente: Hon. Dolores Rodríguez de Oronoz
Abogada de la Parte Peticionaria: Lcda. Maricarmen Ramos de Szendrey
Abogados de la Parte Recurrida: Lcdo. Juan A. Marqués Díaz
Lcdo. Samuel T. Céspedes
Lcdo. Carlos Fernández Lugo
Junta de Calidad Ambiental: Lcdo. David R. Bernier Velázquez
Lcdo. Angel Rosario Santos
Lcdo. Norman Velázquez Torres
Materia: Revisión Administrativa, Nunc Pro Tunc, 2001 T.S.P.R. 016
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2004
Examinada la moción solicitando enmienda Nunc Pro Tunc y/o reconsideración radicada por la parte recurrida, Puerto Rican Cement Co., Inc., se enmienda Nunc Pro Tunc nuestra Opinión y Sentencia de fecha 16 de febrero de 2001 de la siguiente forma:
1. Para que en la tercera y cuarta línea del primer párrafo de la página 28, la frase “conceder los permisos permanentes de construcción y uso solicitados por SAM” lea “aprobar el anteproyecto solicitado por SAM”.
2. Para que en las líneas quinta y sexta de la página 31, la frase “la concesión de los permisos impugnados” lea “la aprobación del anteproyecto impugnado”.
3. Para que en las líneas séptima y octava de la página 31, la frase “de los permisos” lea “del anteproyecto”.
4. Para que en las líneas novena y décima de la página 31, la frase “la concesión de dichos permisos” lea “la aprobación del anteproyecto”.
5. Para que en las líneas undécima y duodécima de la página 31, la frase “de los permisos” lea “del anteproyecto”.
6. Para que en las líneas undécima y duodécima de la página 33, la frase “los permisos impugnados por PRCC” lea “el anteproyecto aprobado por ARPE y los permisos de la JCA impugnados por PRCC”.
7. Para que en la línea octava del primer párrafo de la Sentencia, la frase “permisos permanentes expedidos por la JCA y ARPE” lea “permisos permanentes expedidos por la JCA y el anteproyecto aprobado por ARPE”.
8. Para que en la línea 3 del tercer párrafo de la Sentencia, la frase “los permisos impugnados por PRCC” lea “los permisos expedidos por la JCA y el anteproyecto aprobado por ARPE impugnados por PRCC”.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Patricia Otón Olivieri
Secretaria del Tribunal Supremo
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