2019 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2019
2019 DTS 28 IN RE: VALLE MILAN, 2019TSPR028
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: Nelson H. Valle Milán
2019 TSPR 28
201 DPR ___ (2019)
201 D.P.R. ___ (2019)
2019 DTS 28, (2019)
Número del Caso: AB-2018-125
(TS-12486)
Fecha: 25 de enero de 2019
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel E. Ávila De Jesús
Director
Abogado del Promovido: Por derecho propio
Materia: Conducta Profesional –
Resumen: Transcurrido el plazo concedido en nuestra Resolución de 13 de septiembre de 2018 sin que este compareciera. Se suspende indefinidamente y de inmediato del ejercicio de la notaría.
La suspensión de la notaría será efectiva el 21 de febrero de 2019. Fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata por correo certificado con acuse de recibo.
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de enero de 2019.
Transcurrido el plazo concedido al Lcdo. Nelson H. Valle Milán en nuestra Resolución de 13 de septiembre de 2018 sin que este compareciera, se entiende que se allanó al informe de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN), según se le apercibió.
Por consiguiente, se suspende indefinidamente y de inmediato al licenciado Valle Milán del ejercicio de la notaría. Además, se le ordena que no más tarde de los veinte (20) días siguientes a la fecha de notificación de esta Resolución, muestre causa por la que no deba ser suspendido inmediata e indefinidamente del ejercicio de la abogacía.
El Alguacil de este Tribunal deberá incautarse del sello y la obra notarial del abogado suspendido y entregarlos al Director de la Oficina de Inspección de Notarías para la correspondiente investigación e informe a este Tribunal.
Notifíquese personalmente por conducto de la Oficina del Alguacil del Tribunal Supremo.
Lo acordó el Tribunal y lo certifica el Secretario del Tribunal Supremo.
José Ignacio Campos Pérez
Secretario del Tribunal Supremo
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