Ley
Núm. 086 del año 2000
(P. de la C. 2409), Ley 86, 2000
Para declarar el
arrecife al lado del Castillo de San Jerónimo “La Piedra del Perro”.
LEY NUM. 86 DEL 24 DE MAYO DE 2000
Para declarar recurso de valor cultural y natural la estructura coralina
que se encuentra ubicada en el arrecife al lado del Castillo de San Jerónimo,
conocida por los puertorriqueños como La Piedra del Perro.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Un poco mar
afuera, no muy lejos del Castillo de San Jerónimo, se levanta una estructura
coralina que ha sido fuente de muchas
bellas canciones folklóricas y de cuentos y que conocemos como La Piedra
del Perro. Observándola desde un ángulo recto, puede apreciarse claramente
un perrito posado sobre la inmensa masa de coral, vigilando con paciencia el
tranquilo mar abierto y la firme línea del horizonte.
Dice la leyenda que cuando el Castillo San Jerónimo era
una fortaleza militar española a cargo de proteger la costa de la isla de
ataques enemigos, vivía allí un joven soldado llamado Enrique, que por estar
tan lejos de su hogar y familia, se sentía solo y nostálgico por lo que buscaba
un compañero. A diferencia del resto de los soldados en el fuerte, quienes
habían sido educados desde niños para convertirse en guerreros y militares,
toda su vida Enrique había sido un sencillo agricultor que ingresó en el
ejército buscando aventuras y viajes por lugares exóticos.
Un día, mientras
paseaba por las calles del Viejo San Juan, oyó un doloroso quejido proveniente
de uno de los callejones. Tirado en una cuneta, con una pata malamente herida,
se encontraba un perrito abandonado, que Enrique con mucho cuidado tanteó el
débil cuerpo macilento, sonrió y le dijo a la infeliz criatura “No te preocupes
amiguito, pronto estarás sano y corriendo por ahí”.
Después de semanas de descanso, el perrito había
engordado y se veía muy enérgico.
Pegado a los talones de Enrique, le acompañaba a todas partes provocando
así risas y comentarios de los otros soldados.
Un día el oficial superior de Enrique le preguntó cuál era el nombre de su
mascota, a lo que contestó “Se llama Amigo, señor”.
Meses más tarde se recibió la noticia que España
necesitaba hombres en Cuba, por lo que Enrique cayó entre los que debían
partir. Tristemente, Enrique se
despide diciendole a Amigo "No te preocupes, que yo regresaré, los
compañeros aquí te cuidarán bien”. Amigo se quedó mirando el barco hasta que
desapareció y entonces, se tiró al agua por uno de los lados del fuerte y nadó
hasta llegar a un arrecife de coral que se encontraba en la base de la muralla. Subió a lo alto del arrecife y allí esperó
el regreso del barco de Enrique, lo que continuó haciendo por muchos meses.
Otro día, se recibió la noticia de
que mientras Enrique defendía su país en una brutal batalla naval, su barco se
había hundido y con él todos los
hombres a bordo. Todos los soldados en el Castillo San Jerónimo hablaban con
tristeza de la tragedia y, a su manera,
Amigo descubrió lo que había ocurrido.
Traspasado de dolor, sin poder creer que su amo estaba muerto, nadó
rápidamente hasta su puesto de vigilancia para continuar su interminable espera
por el amo que nunca regresaría.
Pero aunque lujosos hoteles bordean la costa y modernos
jets remontan el cielo convirtiendo el Castillo de San Jerónimo en un simple
eco de su tiempo, asombrosamente, Amigo todavía se encuentra en el mismo
arrecife, en el mismo lugar de su fiel vigilia, ahora convertido en piedra con
el paso del tiempo, pero aún esperando fielmente el regreso de su amo.
Por el
significado humano de esta leyenda y su valor cultural para el pueblo
puertorriqueño, presentamos este proyecto de Ley, declarando recurso de valor
cultural y natural, el coral que conocemos como La Piedra del Perro, que se
encuentra al lado de las murallas del fuerte San Jerónimo en San Juan.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE
PUERTO RICO:
Sección
1.-Se declara recurso de valor cultural y natural la estructura
coralina que se encuentra ubicada en el
arrecife al lado del Castillo de San Jerónimo, conocida por los puertorriqueños
como La Piedra del Perro.
Sección 2.-El Instituto de Cultura Puertorriqueña,
conjuntamente con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, colocará
una tarja en el área de playa cercana a dicha Piedra donde hará constar la
declaración como recurso de valor cultural y natural que por la presente ley se
establece.
Sección 3.-Esta Ley entrará en vigor
inmediatamente después de su aprobación.
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