Ley
Núm. 247 del año 2000
(P. del S. 2140),
Ley 247, 2000
Para ordenar coordinar la planificación, diseño e implantación de un curso que tenga el objetivo de brindarle a todo el estudiantado del país
LEY NUM. 247 DEL
30 DE AGOSTO DE 2000
Para ordenar al Secretario del
Departamento de Educación de Puerto Rico y al Director de la Agencia Estatal para el Manejo de
Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico el coordinar la
planificación, diseño e implantación de un curso que tenga el objetivo de
brindarle a todo el estudiantado del país, tanto en las escuelas públicas como
privadas, una orientación y adiestramiento sobre los pasos a seguir antes, de
ser previsible, durante y después de ocurrir un desastre natural o una
emergencia causada por razones humanas. Dicho curso se llevará a cabo una vez a
la semana, por espacio de una hora, durante el semestre escolar comprendido
entre los meses de enero a mayo de cada año.
La Isla de Puerto Rico es vulnerable a una gran diversidad de
fenómenos naturales debido a su localización geográfica en la zona tropical y
al estar ubicada en una zona sísmicamente activa. Fenómenos naturales como
vaguadas, depresiones, ondas, tormentas o huracanes pueden ser identificados y
observados, lo cual ayuda a la
ciudadanía a prepararse y mitigar daños. Otros fenómenos, como los terremotos,
no avisan y si no se tienen los conocimientos básicos de qué hacer durante y
después del mismo, puede representar cuantiosas pérdidas de vidas. El gran
crecimiento industrial, comercial y urbano que ha experimentado nuestro país ha
incrementado la exposición a las consecuencias de estos eventos naturales, como
también a una serie de riesgos creados por la tecnología y las actividades de
los seres humanos. Eventos como el huracán Georges, el deslizamiento en Mameyes
y la explosión en Río Piedras, son muestras claras de que somos vulnerables aún
cuando nos podemos preparar, e indefensos cuando nos toman por sorpresa.
Es función principal de todo gobierno proteger la vida y propiedad de
sus ciudadanos. Para poder mitigar el daño de los fenómenos naturales, como
también los de la mano del hombre, es necesario tener conocimientos básicos de
qué hacer en caso de ocurrir una emergencia. Actualmente, en Puerto Rico existe
una dependencia gubernamental responsable de coordinar todas las actividades
del sector gubernamental y el sector privado en cuanto a la preparación,
mitigación, respuesta y recuperación cuando ocurre un desastre por causas
naturales o causas humanas. Son muchos los sectores de la sociedad que deben
tener guías o conocimientos básicos para enfrentar cualquier emergencia que
ocurra. Los centros de trabajo y de estudio son los más que albergan personas
durante todo el día y donde muchas de éstas pasan la mayor parte del
tiempo.
La escuela es el vehículo fundamental de integración de la comunidad
en general, donde su propósito primario es el bienestar y preparación de la
futura generación. Es un hecho irrefutable que los estudiantes pasan la mayor
parte del tiempo en la escuela. Partiendo de la premisa que el estudiante es el
centro de la gestión educativa y los demás componentes de la escuela son
facilitadores, el Departamento de Educación es el primero en ser llamado en
asegurarse que sus estudiantes podrán en proporción a sus capacidades,
enfrentar efectivamente una situación de emergencia. Debido a lo anterior, se
hace necesario e imprescindible que todos los estudiantes, dentro de sus
capacidades, entiendan y sepan qué hacer si por algún motivo tienen que
enfrentar una emergencia. No cabe la menor duda que sembrando estos
conocimientos y destrezas en una edad temprana, se fomentará una sociedad
futura mucho más consciente y preparada que podrá afrontar situaciones de
emergencia.
La Asamblea Legislativa, consciente de la importancia que tiene el
conocimiento por parte de la ciudadanía, en especial nuestros niños, sobre los
pasos a seguir en caso de ocurrir una emergencia, ya sea natural o por causas
humanas, entiende necesario que se ordene al Secretario del Departamento de
Educación y al Director de la Agencia
Estatal para el manejo de Emergencias y Administración de Desastres en Puerto
Rico la preparación y presentación , como parte del currículo académico
escolar, de un curso de orientación y adiestramiento a todos los estudiantes de
Puerto Rico sobre los pasos a seguir antes, de ser previsible, durante y
después de ocurrir un desastre natural o una emergencia causada por razones
humanas. La misma se llevará a cabo una vez a la semana, por espacio de una
hora, dentro de los meses de enero a mayo de cada año.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo
1.- Se ordena
al Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico y al Director de la
Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de
Puerto Rico el coordinar la planificación, diseño e implantación de un curso que tenga el objetivo de
brindarle a todo el estudiantado del país, tanto en las escuelas públicas como
privadas, una orientación y adiestramiento sobre los pasos a seguir antes, de
ser previsible, durante y después de ocurrir un desastre natural o una
emergencia causada por razones humanas. Dicho curso se llevará a cabo una vez a
la semana, por espacio de una hora, durante el semestre escolar comprendido
entre los meses de enero a mayo de cada año.
Artículo
2.- Esta Ley
comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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ADVERTENCIA
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