Ley
Núm. 340 del año 2000
(P. de la C. 2575), Ley 340, 2000
Para declarar monumento histórico el
Túnel de Guajataca del Municipio de Isabela
Para declarar monumento histórico el Túnel de
Guajataca del Municipio de Isabela.
EXPOSICION
DE MOTIVOS
Las
vías ferreas en Puerto Rico tuvieron su inicio para el 1870, por iniciativa de
hacendados de la caña que utilizaron este medio de transporte para el acarreo
de la misma. Ya para el 1898 se habían
construido cuatro tranvías en Puerto Rico, a saber: en Mayagüez, Ponce, uno que
transcurría entre San Juan, Río Piedras y Caguas y otro entre Cataño y
Bayamón. Más tarde los tranvías de San
Juan y Ponce fueron convertidos en
“trolleys” eléctricos y el de Mayagüez se electrificó utilizando
baterías.
El
uso de ferrocarriles privados se proliferó cubriendo 67 kilómetros donde se
operaban locomotoras de vapor y trenes pequeños para pasajeros. La Compañía Ferrocarrilera de Puerto Rico,
de origen francés, construyó el primer tramo del ferrocarril entre Canóvanas y
Quebradillas, entre Isabela y Mayagüez y entre Yauco y Ponce. Esta compañía luego pasó a la American
Railroad Company completándose la ruta de San Juan y Ponce y otras vías
secundarias.
La
obra más significativa de dicha compañía fue la conexión entre Isabela y
Quebradillas sobre el cañón del Río Guajataca.
Esta construcción se culminó hace aproximadamente 93 años con la
excavación de dos túneles uno a cada lado del cañón. Éstos se unieron por un viaducto de acero de 250 metros de largo
y a una elevación de 40 metros sobre el nivel del río.
El
tren en Isabela significó un auge en la economía del pueblo. La estación pasó a ser un centro de gran
actividad económica donde se vendían diferentes productos, incluyendo los
famosos quesitos de hoja y los pecesitos de colores que siempre han
identificado el pueblo, entre otros distintivos.
Isabela
tiene propiedades y edificaciones que forman parte de su herencia histórica y
cultural. El Túnel de Guajataca
representa la grandeza de una obra de ingeniería, la transición política de dos
eras y una nueva conexión entre el pasado y las generaciones de un tercer
milenio.
La
Asamblea Legislativa entiende que el Túnel de Guajataca es un baluarte
histórico para nuestra generación y generaciones futuras por lo que es
pertinente conservarlo y preservarlo.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-A los fines
de la presente Ley, “Túnel de Guajataca” comprenderá el túnel, el tramo en
forma de camino que se conserva y se relaciona al ferrocarril, así como, la
cambija y el muro de protección que se localiza en diferentes puntos de la
zona.
Artículo 2.-Se declara
monumento histórico el Túnel de Guajataca del Municipio de Isabela.
Artículo 3.-El Instituto
de Cultura Puertorriqueña, en coordinación con el Municipio de Isabela,
desarrollará un Plan de Manejo que garantice el disfrute y la preservación de
este monumento histórico.
Artículo 4.-Esta Ley
comenzará a regir inmediatamente después de
su aprobación.
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