Ley
Núm. 451 del año 2000
(P. del S. 2699), Ley 451, 2000
Para designar como
“Escuela Elemental de la Comunidad José M. Espada Zayas”, la nueva escuela
elemental de Coamo
LEY NUM. 451 DE 28
DE DICIEMBRE DE 2000
Para designar como
“Escuela Elemental de la Comunidad José M. Espada Zayas”, la nueva escuela
elemental del Municipio de Coamo.
José M. Espada Zayas, nació el 25 de
junio de 1925, en el Barrio Santa Catalina del Municipio de Coamo; habiendo
sido sus progenitores don José M. Espada y doña María Zayas.
Sus estudios elementales los cursó en la
Escuela Descalabrado y los secundarios y superiores los finalizó una vez
regresó como veterano de la Segunda Guerra Mundial. De la Universidad de Puerto Rico se graduó con honores de
Bachiller en Educación. Años más tarde
prosiguió estudios en Supervisión y Administración Escolar; además de en
Ciencias Bibliotecarias.
Trabajó por espacio de treintiún (31)
años en el ahora Departamento de Educación.
Fue Presidente de la Junta Local de Maestros, miembro de la Asociación y
del Hospital del Maestro. Como
fiel defensor del Movimiento
Cooperativista perteneció y fue Secretario de la Junta de Directores de la
Cooperativa de Crédito de la Asociación de Maestros, Presidente de las
Cooperativas San Blas y la Rodríguez Hidalgo.
Como líder cívico también ejerció lo que
entendió su responsabilidad, perteneciendo a la Respetable Logia Fiat Lux Núm.
27, logrando alcanzar la posición de “Venerable Maestro”. Es miembro de la Fraternidad Delta Phi Delta
y del Club de Leones, del cual fue Presidente.
Don José fue miembro fundador del Club Deportivo de Santa Catalina y del
Centro Cultural Coameño.
Los dos (2) hijos que procreó junto a su
esposa Susana Martínez Pagán, así como sus nietos son su mayor tesoro de los
cuales disfruta la mayor parte del tiempo ahora que está retirado del servicio
público.
Esta Asamblea Legislativa entiende que la
ejecutoria personal, profesional y cívica de don José M. Espada lo hace
merecedor de que la nueva escuela elemental de la comundiad sea designada con
su nombre.
DECRETASE
POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-
Se designa como “Escuela Elemental de la Comunidad José M. Espada Zayas, la
nueva escuela elemental del Municipio de Coamo.
Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y
Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tomará las medidas
necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley, sin sujeción
a lo dispuesto en la Sección 2 de la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según
enmendada.
Artículo 3.-
Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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