Ley Núm. 451 del año 2000


(P. del S. 2699), Ley 451, 2000

Para designar como “Escuela Elemental de la Comunidad José M. Espada Zayas”, la nueva escuela elemental de Coamo

LEY NUM. 451 DE 28 DE DICIEMBRE DE 2000

 

Para designar como “Escuela Elemental de la Comunidad José M. Espada Zayas”, la nueva escuela elemental del Municipio de Coamo.

EXPOSICION DE MOTIVOS

            José M. Espada Zayas, nació el 25 de junio de 1925, en el Barrio Santa Catalina del Municipio de Coamo; habiendo sido sus progenitores don José M. Espada y doña María Zayas.

 

Sus estudios elementales los cursó en la Escuela Descalabrado y los secundarios y superiores los finalizó una vez regresó como veterano de la Segunda Guerra Mundial.  De la Universidad de Puerto Rico se graduó con honores de Bachiller en Educación.  Años más tarde prosiguió estudios en Supervisión y Administración Escolar; además de en Ciencias Bibliotecarias.

 

Trabajó por espacio de treintiún (31) años en el ahora Departamento de Educación.  Fue Presidente de la Junta Local de Maestros, miembro de la Asociación y del Hospital del Maestro.  Como fiel  defensor del Movimiento Cooperativista perteneció y fue Secretario de la Junta de Directores de la Cooperativa de Crédito de la Asociación de Maestros, Presidente de las Cooperativas San Blas y la Rodríguez Hidalgo.

 

Como líder cívico también ejerció lo que entendió su responsabilidad, perteneciendo a la Respetable Logia Fiat Lux Núm. 27, logrando alcanzar la posición de “Venerable Maestro”.  Es miembro de la Fraternidad Delta Phi Delta y del Club de Leones, del cual fue Presidente.  Don José fue miembro fundador del Club Deportivo de Santa Catalina y del Centro Cultural Coameño.

 

Los dos (2) hijos que procreó junto a su esposa Susana Martínez Pagán, así como sus nietos son su mayor tesoro de los cuales disfruta la mayor parte del tiempo ahora que está retirado del servicio público.

 

Esta Asamblea Legislativa entiende que la ejecutoria personal, profesional y cívica de don José M. Espada lo hace merecedor de que la nueva escuela elemental de la comundiad sea designada con su nombre.

           

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se designa como “Escuela Elemental de la Comunidad José M. Espada Zayas, la nueva escuela elemental del Municipio de Coamo.

Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley, sin sujeción a lo dispuesto en la Sección 2 de la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada.

Artículo 3.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

 

 

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