Ley
Núm. 52 del año 2002
(P. del S. 865), 2002, ley 52
(Reconsiderado)
Para declarar la
semana que corresponda al día 16 de febrero, de cada año, como la “Semana de la
Poesía Puertorriqueña y de la Poetisa y
del Poeta Puertorriqueño”
LEY NUM. 52 DE 11 DE ABRIL DE
2002
Para declarar la
semana que corresponda al día 16 de febrero, de cada año, como la “Semana de la
Poesía Puertorriqueña y de la Poetisa y
del Poeta Puertorriqueño” y declarar el día 16 de febrero, de cada año, como el
“Día Conmemorativo del Natalicio de Evaristo Ribera Chevremont”.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La poesía puede considerarse
como una de las artes más antiguas y difundidas. Originalmente unida a la
música en la canción, se fue independizando y el ritmo propiamente musical fue sustituido
por el ritmo lingüístico. Desde un punto de vista métrico, la poesía traslada
al lenguaje una experiencia humana, emocional y sensualmente significativa.
Para muchos la poesía consiste en
“atrapar en el papel lo que sentimos en el corazón, para así evitar que se
pierda en el infinito y el espacio; es atrapar una lágrima, una sonrisa, un
recuerdo y hacerlos eternos; poesía es abrir nuestro corazón y dejar que el
sentimiento fluya libremente”.
La poesía puede manifestarse de
manera narrativa (poemas épicos, baladas, romances, cuentos y fábulas en verso)
o dramática (la poesía como discurso directo en circunstancias específicas). La
poesía lírica, sin embargo, abarca desde himnos, nanas, cantos de taberna y canciones
populares hasta la enorme variedad de poemas y canciones de amor.
Algunos
poetas y estudiosos de la misma han expresado sus opiniones sobre lo que
significa la poesía para ellos. Por ejemplo:
“la fuente de toda poesía es el sentimiento profundo de lo inexpresable”
(L. Arreat), “la filosofía, grave, sobre las cosas de la tierra muestra su
mirada penetradora y su actitud noble; la justicia, en la severidad de su
significación, es la maestra de la armonía; la teología, sobre su nube, está
vestida de caridad, de fe y de esperanza; más la poesía parece como que en sí
encerrase lo que une lo visible y no invisible, la virtud del cielo y la
belleza de la tierra” (Rubén Darío), “la música siente lo infinito en el aire,
la pintura, en la tierra; la poesía lo siente en la tierra y en el aire, porque
su palabra tiene el sentido que camina y la melodía que vuela” (Rabindranath
Tagore), “la poesía es algo que anda por las calles; que se mueve, que pasa a
nuestro lado; todas las cosas tienen un misterio, y la poesía es el misterio
que tienen las cosas” (García Lorca); “la prosa es una representación de lo que
se ha pensado, la poesía de lo que se ha vivido” (Hebbel).
Puerto Rico ha tenido la bendición de contar y haber contado con un
sinnúmero de maestros en la poesía, tanto del sexo masculino como del femenino.
Cabe mencionar los siguientes: Virgilio Dávila, José De Diego, José Gautier
Benítez, Francisco Gonzalo Marín, José P.H. Hernández, Luis Lloréns Torres,
Trina Padilla De Sanz, Luis Palés Matos, René Marqués, José Antonio Dávila,
Sylvia Rexach, Luis Muñoz Rivera, Lola Rodríguez de Tió, Francisco Matos Paoli,
Julia de Burgos, Mercedes Negrón Muñoz, Evaristo Ribera Chevremont, entre
otros.
Según estudiosos de la poesía puertorriqueña, la gran terna de la poesía
puertorriqueña la componen los poetas Evaristo Ribera Chevremont, Luis Lloréns
Torres y Luis Palés Matos. El primero de los tres, o sea, Evaristo Ribera
Chevremont es uno de los más grandes poetas antillanos. Realizó varios viajes a
España y entabló amistad con varios círculos de escritores. Fue muy apreciado
por sus dones poéticos, y varias de sus obras fueron publicadas en ese país.
Ensayó varias técnicas poéticas modernas que tenía a su alcance, como el
modernismo hispanoamericano y el Ultraísmo y Suprarrealismo europeos. Escribió
mucho en formas tradicionales, específicamente en el soneto, forma que manejó
con suma maestría, como son los Sonetos del Mar, del Amor, de la Soledad, de
la Muerte, de Dios, entre otros.
Evaristo Ribera Chevremont nació el 16 de febrero de 1896 y falleció el 1
de marzo de 1976. A los dieciocho años de edad publicó su primer cuaderno de
versos, Desfile Romántico (1914). Colaboró en la revista Puerto Rico
Ilustrado, y en el periódico El Imparcial publicó numerosos
artículos. Entre su obra se destacan las siguientes: El Templo de los
Alabastros (1919), La Copa de Hebe (1922), Los Almendros del
Paseo de Covadonga (1928), La Hora del Orífice (1929), Tierra y
Sombra (1930), Color (1938), Tonos y Formas (1940), Anclas
de Oro (1945), Barro (1945), Tú, Mar y Yo y Ella (1946), Verbo
(1947), Creación (1951), La Llama Pensativa (1954), Inefable
Orilla (1961), Memorial de Arena (1962), Principio de Canto
(1965), Río Volcano (1968).
En el Estado Libre Asociado de Puerto Rico se han designado los días 14
de septiembre, 22 de enero, 17 de febrero, 16 de abril y 17 de julio de cada
año para conmemorar el natalicio de Lola Rodríguez de Tió, Sylvia Rexach, Julia
de Burgos, José de Diego y Luis Muñoz Rivera, respectivamente, quienes han sido
varios de los poetas puertorriqueños más destacados. Durante esos días se
reconoce y se enaltece la aportación de
cada uno de éstos, y se le ofrece el tributo correspondiente. Sin embargo, se
omite reconocer a muchos otros poetas puertorriqueños que aportaron a la poesía
y a la cultura puertorriqueña, como
ocurre con uno de los más destacados poetas puertorriqueños, en nuestra
Isla y en toda Hispanoamérica, Evaristo Ribera Chevremont.
Aunque previamente existan días que conmemoren la vida de determinada persona
y se le reconozca su aportación a nuestra sociedad, se busca la manera de
seleccionar un día, semana o mes para conmemorar las aportaciones incalculables
efectuadas por los distintos intérpretes y/o compositores en los distintos
géneros. En el caso específico de la
presente legislación, en muchos años la celebración semanal aquí establecida
comprenderá la conmemoración del natalicio de la poetisa puertorriqueña Julia
de Burgos.
Esta Asamblea Legislativa desea que la semana de cada año que contenga el
día 16 de febrero, en el cual se celebrará el natalicio de Evaristo Ribera
Chevremont, se designe como la "Semana de la Poesía Puertorriqueña y de la
Poetisa y del Poeta Puertorriqueño.
Esta medida legislativa busca el que se le extienda el reconocimiento que
se le hace a algunos poetas puertorriqueños que se les ha designado un día en
particular para la conmemoración de su vida y obra, a todos aquellos poetas
puertorriqueños que han enaltecido nuestra cultura puertorriqueña a través de
los sentimientos que emanan de sus corazones plasmados en los versos de sus
poesías. La medida ayuda a fomentar la poesía como medio de expresión de los
sentimientos de los seres humanos, inherente al desarrollo cultural de un
Pueblo.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-
Se declara la semana que corresponda con el día 16 de febrero, de cada año,
como la “Semana de la Poesía Puertorriqueña y de la Poetisa y el Poeta
Puertorriqueño”, además, se declara el día 16 de febrero, de cada año, como
el “Día Conmemorativo del Natalicio de
Evaristo Ribera Chevremont”.
Artículo 2.- El Secretario de
Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá con por lo menos diez
(10) días de anticipación al día en que comience la semana que contenga el día
16 de febrero, de cada año, proclama al efecto para exhortar al pueblo
puertorriqueño, a que manifieste su admiración y respaldo y rindan un merecido
homenaje a la poesía y a la poetisa y el poeta puertorriqueño mediante la
organización y patrocinio de las actividades propias de la declaración y la
conmemoración de la “Semana de la Poesía Puertorriqueña y de la Poetisa y del
Poeta Puertorriqueño”. De igual forma,
hará lo propio con respecto al día 16 de febrero de cada año, en ocasión de
conmemorarse el natalicio de Evaristo Ribera Chevremont.
Artículo 3.- El Instituto de
Cultura Puertorriqueña, la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública
y el Centro de Bellas Artes Luis A. Ferré, así como los organismos y las
entidades públicas y los municipios de Puerto Rico, deberán adoptar las medidas
que sean necesarias para la consecución de los objetivos de esta Ley mediante
la organización y celebración de actividades para la conmemoración y promoción
de esta manisfestación artístico-cultural en la “Semana de la Poesía
Puertorriqueña y de la Poetisa y del Poeta Puertorriqueño”. El “Día Conmemorativo del Natalicio de Evaristo Ribera
Chevremont”, el día 16 de febrero de cada año, se exhaltará su obra
poética. Además, se dará a conocer la
importancia de la poesía puertorriqueña como parte esencial de la cultura
puertorriqueña. También se promoverá la
participación de la ciudadanía y de las entidades privadas en estas
actividades.
Artículo 4.- Copia de la Proclama Anual será distribuida a los medios
noticiosos del país para su divulgación.
Artículo 5.- Esta Ley
comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento de las leyes del
Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del
proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su
distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.
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