Ley Núm.  52 del año 2002


(P. del S. 865), 2002, ley 52

(Reconsiderado)

 

Para declarar la semana que corresponda al día 16 de febrero, de cada año, como la “Semana de la Poesía Puertorriqueña y  de la Poetisa y del Poeta Puertorriqueño”

LEY NUM. 52 DE 11 DE ABRIL DE 2002

 

Para declarar la semana que corresponda al día 16 de febrero, de cada año, como la “Semana de la Poesía Puertorriqueña y  de la Poetisa y del Poeta Puertorriqueño” y declarar el día 16 de febrero, de cada año, como el “Día Conmemorativo del Natalicio de Evaristo Ribera Chevremont”.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La poesía puede considerarse como una de las artes más antiguas y difundidas. Originalmente unida a la música en la canción, se fue independizando y el ritmo propiamente musical fue sustituido por el ritmo lingüístico. Desde un punto de vista métrico, la poesía traslada al lenguaje una experiencia humana, emocional y sensualmente significativa.

 

Para muchos la poesía consiste en “atrapar en el papel lo que sentimos en el corazón, para así evitar que se pierda en el infinito y el espacio; es atrapar una lágrima, una sonrisa, un recuerdo y hacerlos eternos; poesía es abrir nuestro corazón y dejar que el sentimiento fluya libremente”.

 

La poesía puede manifestarse de manera narrativa (poemas épicos, baladas, romances, cuentos y fábulas en verso) o dramática (la poesía como discurso directo en circunstancias específicas). La poesía lírica, sin embargo, abarca desde himnos, nanas, cantos de taberna y canciones populares hasta la enorme variedad de poemas y canciones de amor.


      Algunos poetas y estudiosos de la misma han expresado sus opiniones sobre lo que significa la poesía para ellos. Por ejemplo:  “la fuente de toda poesía es el sentimiento profundo de lo inexpresable” (L. Arreat), “la filosofía, grave, sobre las cosas de la tierra muestra su mirada penetradora y su actitud noble; la justicia, en la severidad de su significación, es la maestra de la armonía; la teología, sobre su nube, está vestida de caridad, de fe y de esperanza; más la poesía parece como que en sí encerrase lo que une lo visible y no invisible, la virtud del cielo y la belleza de la tierra” (Rubén Darío), “la música siente lo infinito en el aire, la pintura, en la tierra; la poesía lo siente en la tierra y en el aire, porque su palabra tiene el sentido que camina y la melodía que vuela” (Rabindranath Tagore), “la poesía es algo que anda por las calles; que se mueve, que pasa a nuestro lado; todas las cosas tienen un misterio, y la poesía es el misterio que tienen las cosas” (García Lorca); “la prosa es una representación de lo que se ha pensado, la poesía de lo que se ha vivido” (Hebbel).

 

Puerto Rico ha tenido la bendición de contar y haber contado con un sinnúmero de maestros en la poesía, tanto del sexo masculino como del femenino. Cabe mencionar los siguientes: Virgilio Dávila, José De Diego, José Gautier Benítez, Francisco Gonzalo Marín, José P.H. Hernández, Luis Lloréns Torres, Trina Padilla De Sanz, Luis Palés Matos, René Marqués, José Antonio Dávila, Sylvia Rexach, Luis Muñoz Rivera, Lola Rodríguez de Tió, Francisco Matos Paoli, Julia de Burgos, Mercedes Negrón Muñoz, Evaristo Ribera Chevremont, entre otros.

 

Según estudiosos de la poesía puertorriqueña, la gran terna de la poesía puertorriqueña la componen los poetas Evaristo Ribera Chevremont, Luis Lloréns Torres y Luis Palés Matos. El primero de los tres, o sea, Evaristo Ribera Chevremont es uno de los más grandes poetas antillanos. Realizó varios viajes a España y entabló amistad con varios círculos de escritores. Fue muy apreciado por sus dones poéticos, y varias de sus obras fueron publicadas en ese país. Ensayó varias técnicas poéticas modernas que tenía a su alcance, como el modernismo hispanoamericano y el Ultraísmo y Suprarrealismo europeos. Escribió mucho en formas tradicionales, específicamente en el soneto, forma que manejó con suma maestría, como son los Sonetos del Mar, del Amor, de la Soledad, de la Muerte, de Dios, entre otros.

 

Evaristo Ribera Chevremont nació el 16 de febrero de 1896 y falleció el 1 de marzo de 1976. A los dieciocho años de edad publicó su primer cuaderno de versos, Desfile Romántico (1914). Colaboró en la revista Puerto Rico Ilustrado, y en el periódico El Imparcial publicó numerosos artículos. Entre su obra se destacan las siguientes: El Templo de los Alabastros (1919), La Copa de Hebe (1922), Los Almendros del Paseo de Covadonga (1928), La Hora del Orífice (1929), Tierra y Sombra (1930), Color (1938), Tonos y Formas (1940), Anclas de Oro (1945), Barro (1945), Tú, Mar y Yo y Ella (1946), Verbo (1947), Creación (1951), La Llama Pensativa (1954), Inefable Orilla (1961), Memorial de Arena (1962), Principio de Canto (1965), Río Volcano (1968).

 

En el Estado Libre Asociado de Puerto Rico se han designado los días 14 de septiembre, 22 de enero, 17 de febrero, 16 de abril y 17 de julio de cada año para conmemorar el natalicio de Lola Rodríguez de Tió, Sylvia Rexach, Julia de Burgos, José de Diego y Luis Muñoz Rivera, respectivamente, quienes han sido varios de los poetas puertorriqueños más destacados. Durante esos días se reconoce y se enaltece la aportación  de cada uno de éstos, y se le ofrece el tributo correspondiente. Sin embargo, se omite reconocer a muchos otros poetas puertorriqueños que aportaron a la poesía y a la cultura puertorriqueña, como  ocurre con uno de los más destacados poetas puertorriqueños, en nuestra Isla y en toda Hispanoamérica, Evaristo Ribera Chevremont.

 

Aunque previamente existan días que conmemoren la vida de determinada persona y se le reconozca su aportación a nuestra sociedad, se busca la manera de seleccionar un día, semana o mes para conmemorar las aportaciones incalculables efectuadas por los distintos intérpretes y/o compositores en los distintos géneros.  En el caso específico de la presente legislación, en muchos años la celebración semanal aquí establecida comprenderá la conmemoración del natalicio de la poetisa puertorriqueña Julia de Burgos.

 

Esta Asamblea Legislativa desea que la semana de cada año que contenga el día 16 de febrero, en el cual se celebrará el natalicio de Evaristo Ribera Chevremont, se designe como la "Semana de la Poesía Puertorriqueña y de la Poetisa y del Poeta Puertorriqueño.

 

Esta medida legislativa busca el que se le extienda el reconocimiento que se le hace a algunos poetas puertorriqueños que se les ha designado un día en particular para la conmemoración de su vida y obra, a todos aquellos poetas puertorriqueños que han enaltecido nuestra cultura puertorriqueña a través de los sentimientos que emanan de sus corazones plasmados en los versos de sus poesías. La medida ayuda a fomentar la poesía como medio de expresión de los sentimientos de los seres humanos, inherente al desarrollo cultural de un Pueblo.

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se declara la semana que corresponda con el día 16 de febrero, de cada año, como la “Semana de la Poesía Puertorriqueña y de la Poetisa y el Poeta Puertorriqueño”, además, se declara el día 16 de febrero, de cada año, como el  “Día Conmemorativo del Natalicio de Evaristo Ribera Chevremont”.

 

Artículo 2.- El Secretario de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá con por lo menos diez (10) días de anticipación al día en que comience la semana que contenga el día 16 de febrero, de cada año, proclama al efecto para exhortar al pueblo puertorriqueño, a que manifieste su admiración y respaldo y rindan un merecido homenaje a la poesía y a la poetisa y el poeta puertorriqueño mediante la organización y patrocinio de las actividades propias de la declaración y la conmemoración de la “Semana de la Poesía Puertorriqueña y de la Poetisa y del Poeta Puertorriqueño”.  De igual forma, hará lo propio con respecto al día 16 de febrero de cada año, en ocasión de conmemorarse el natalicio de Evaristo Ribera Chevremont.

 

Artículo 3.- El Instituto de Cultura Puertorriqueña, la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública y el Centro de Bellas Artes Luis A. Ferré, así como los organismos y las entidades públicas y los municipios de Puerto Rico, deberán adoptar las medidas que sean necesarias para la consecución de los objetivos de esta Ley mediante la organización y celebración de actividades para la conmemoración y promoción de esta manisfestación artístico-cultural en la “Semana de la Poesía Puertorriqueña y de la Poetisa y del Poeta Puertorriqueño”. El “Día Conmemorativo del Natalicio de Evaristo Ribera Chevremont”, el día 16 de febrero de cada año, se exhaltará su obra poética.  Además, se dará a conocer la importancia de la poesía puertorriqueña como parte esencial de la cultura puertorriqueña.  También se promoverá la participación de la ciudadanía y de las entidades privadas en estas actividades.

 

Artículo 4.- Copia de la Proclama Anual será distribuida a los medios noticiosos del país para su divulgación.

Artículo 5.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

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