Ley Núm. 180 del año 2002


(P. del S. 265), 2002, ley 180

 

Para declarar el último sábado de marzo como el Día Nacional de la Bomba

LEY NUM. 180 DE 17 DE AGOSTO DE 2002

 

Para declarar el último sábado del mes de marzo de cada año, como el Día Nacional de la Bomba en Puerto Rico, con el propósito de enaltecer el valor folklórico y cultural del género musical de la Bomba como parte de nuestra tradición y cultura.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

La Bomba es el nombre genérico con que se denomina un conjunto de ritmos y bailes, tales como el calinda, sica, grasima, leró, cuembré, holandé, yubá, bambulé y seis bombeao.  La Bomba llega a Puerto Rico en el siglo 16, traída por esclavos de la región de Ghana, Africa.  Aunque no se ha podido precisar su origen, lo cierto es que la Bomba y sus variantes fueron evolucionando en Puerto Rico, entre la población esclava de las plantaciones de azúcar y recibiendo la influencia de la herencia taína.  En los "Bailes de Bomba" los esclavos celebraban los bautismos y matrimonios por lo que la celebración de esta fiesta era permitida  sólo los domingos o días de fiesta.   En ocasiones, durante estas celebraciones se organizaban las rebeliones de esclavos.  Loíza, pueblo con una fuerte presencia africana, es el lugar donde este movimiento musical logra su máxima expresión.

 

Los instrumentos utilizados para acompañar la Bomba son tambores seguidos por golpes rítmicos de palitos y maracas, instrumento este último heredado de los indios taínos.  Bailadores y vocalistas son también elementos de la Bomba.  Las diferentes variedades de la Bomba pueden ser distinguidas por su ritmo, los cantos, su melodía, los pasos y las coreografías.  La Bomba ha sido descrita como un "diálogo" entre los tocadores del tambor en el que, este último parece desafiar al bailador a un duelo rítmico; el baile ha de durar el tiempo que el bailador disponga.

 

La Bomba es símbolo de nuestra herencia africana.  Al ir evolucionando el ritmo de la Bomba, se integraron en ella elementos de  influencia europea e indígena, que son a su vez elementos constitutivos de las raíces de nuestra identidad nacional.

 

Familias como los Cepeda y los Ayala han dedicado su vida y esfuerzos a preservar este legado y trasmitirlo,  a través de generaciones,  como parte de nuestro folklore.  Gracias a ellos, el ritmo de la Bomba está sembrado en nuestra conciencia como parte de nuestras raíces y se reconoce mundialmente como parte de nuestra herencia cultural.

 

La música y el baile son parte de las raíces y de la idiosincrasia de un pueblo, son una de sus formas más sublimes de expresión.  Como género musical, la Bomba representa una tradición y una herencia que enriquece nuestra cultura puertorriqueña y que amerita la aprobación de medidas dirigidas a preservar su presencia en nuestra memoria colectiva.


DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 


Artículo 1.- Se declara el último sábado del  mes de marzo de cada año, como el Día Nacional de la Bomba en Puerto Rico, con el propósito de enaltecer el valor folklórico y cultural  de este género musical como parte de nuestra tradición y de nuestra cultura.

 

Artículo 2.- El Departamento de Estado, en colaboración con el Instituto de Cultura Puertorriqueña, tendrán la responsabilidad de la organización y patrocinio de las actividades propias de la declaración y conmemoración de la Bomba como expresión histórico, artístico- cultural puertorriqueña. Se promoverá igualmente la participación de la ciudadanía y de las entidades privadas en estas actividades.

 

Artículo 3.- El (La) Gobernador (a) del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá proclama al efecto.

 

Artículo 4.-  Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

Nota Importante: Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores a esta.

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

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