Ley
Núm. 241 del año 2002
(P. de la C. 2625), 2002, Ley 241
Para ordenar al Departamento de Educación a expedir un certificado regular de maestro en el nivel preescolar a los maestros de Head Start.
Para ordenar al Departamento de Educación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico expedir un certificado regular de maestro en el nivel preescolar a los maestros de Head Start y Early Head Start que poseen la credencial en Desarrollo del Niño (CDA) y que hayan completado un Bachillerato en Educación en la niñez temprana en el nivel preescolar.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El programa Head Start se inició
en Puerto Rico en el Verano de 1965 bajo la Ley Federal 45 CFR, parte 34.
Surgió como consecuencia de la política pública conocida como "guerra
contra la pobreza". El programa Head Start está basado en el desarrollo
integral del niño. Los niños participantes se encuentran entre las edades de 3
y 4 años.
Este programa ha crecido con el
paso de los años hasta convertirse en un programa de día completo y un año
completo, ofreciendo preparación escolar, mejorando el desarrollo social y
cognoscitivo de los niños de familias de bajos ingresos, proveyéndoles a ellos
y a sus familias servicios de salud, educación, nutrición, servicios sociales y
ayuda a niños con necesidades especiales y otras necesidades que hayan sido
determinadas como necesarias, siempre basándose en una evaluación de las
necesidades de la familia.
En Puerto Rico existe una
matrícula total servida de 34,393 niños que se dividen de la siguiente manera:
Concesionarios Head Start 17, Agencias Delegadas 23, Concesionarios Early Head
Start 17. El presupuesto durante el año fiscal 2001 ascendió a $185,563,000.00.
El 64% de la operación de los Centros Head Start corresponde a las agencias
del gobierno, el restante 36% de la operación corresponde a agencias privadas
con fines no pecuniarios.
Las cualificaciones del personal
educativo mediante la "Ley Federal Head Start 1998" en su Sección 648
A exige que al menos 50% de los maestros en un salón de Head Start tienen que
tener un bachillerato en preescolar para el año 2003. Sin embargo, a la fecha
de hoy el 97% de los maestros de Head Start de la Administración de Familias y
Niños tienen ya el bachillerato en preescolar, y el 3% restante lo está
terminando este año, esta misma tendencia existe en los Municipios
Concesionarios Directos.
En Puerto Rico hay alrededor de
dos mil maestros que trabajan en los Centros Head Start y por reglamentación
federal a todos los que aún les falten algunos créditos para obtener el
bachillerato en preescolar, en coordinación con su centro, preparan su plan de
mejoramiento profesional para que logren obtener el nivel en preescolar, por
tal razón estos profesionales de la educación deben tener la certeza y
seguridad que una vez cumplan con los requisitos de certificación del
Departamento de Educación del Estado Libre Asociado su certificado de maestro
será expedido.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-Se ordena al Departamento de
Educación del Estado Libre Asociado
de
Puerto Rico expedir un certificado regular de maestro en el nivel preescolar a
los maestros de Head Start y Early Head Start que poseen la credencial en
Desarrollo del Niño (CDA) y que hayan completado un Bachillerato en Educación
en la niñez temprana en el nivel preescolar.
Artículo 2.-La División de Certificaciones,
adscrita a la Secretaría Auxiliar de Recursos Humanos, expedirá un certificado
regular de maestro en el nivel -preescolar una vez incluida esta categoría en
el Reglamento de Certificación de Maestros de Puerto Rico mediante enmienda a
esos efectos a realizarse no más tarde de treinta (30) días de comenzar a regir
esta Ley.
Artículo 3.-El Secretario de Educación
adoptará las medidas conducentes a dar amplio y cabal cumplimiento a los
propósitos de esta Ley.
Artículo 4.-Esta Ley empezará a regir inmediatamente después de su aprobación.
..........................................
Presidente de la Cámara
....................................
Presidente del Senado
Nota Importante: Esta
ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas
posteriores a esta.
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ADVERTENCIA
Este documento constituye
un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a
los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de
las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio
público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles
enmiendas a esta ley.
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