Ley
Núm. 246 del año 2002
(P. de la C. 1908), 2002, ley 246
Para enmendar la Ley Núm. 141 de 1979 para disponer que la Semana del Maestro, sea declarada “la semana de la Educación”
Ley Núm. 246 de 25 de Octubre de
2002.
Para
enmendar la Ley Núm. 141 de 20 de julio de 1979 para disponer que la Semana del
Maestro, sea declarada "la Semana de la Educación" conteniendo el
"Día del Maestro", el "Día del Estudiante", y el "Día
del Director de Escuela".
EXPOSICION DE MOTIVOS
Mediante la Ley Núm. 141 de 20
de julio de 1979 se declaró la semana que comienza el primer lunes del mes de
mayo de cada año como la "Semana del Maestro". Además se establece
que el viernes de dicha semana se celebrará el "Día del Maestro".
Cabe destacar, sin embargo, que
el maestro, como profesional de la enseñanza, se concreta en el proceso
educativo formal que se da en escuelas y universidades. Ese proceso va dirigido
a los estudiantes y en él intervienen, además, otros profesionales como los
orientadores, los trabajadores sociales y el equipo de supervisión y
administración que no se desempeña necesariamente en el salón de clases.
Por ello, cabe celebrar la
Semana de la Educación, en reconocimiento de lo que ésta implica para un pueblo
en términos de libertad espiritual y de posibilidades de superación, y
en reconocimiento de los diversos sectores que intervienen. Como parte de esa
Semana de la Educación, deben reconocer sobre todo y particularmente, en días
específicos, las ejecutorias de los maestros y profesores, tanto escolares como
universitarios, que imparten la enseñanza y contribuyen a formar ciudadanos y a
crear sociedad, así como el esfuerzo de los estudiantes, en todos los niveles
educativos, pinos nuevos, como diría José Martí, que habrán de renovar y
enriquecer el bosque.
De esta forma, se concentran en
una misma semana, como hasta cierto punto ha venido sucediendo en la práctica
reconocimientos que están estrechamente vinculados.
DECRETASE
POR LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-Enmendar la Sección 1 de la Ley
Núm. 141 de 20 de julio de 1979 para que lea como sigue:
"Se declara la primera semana que comience con el primer lunes del mes de mayo de cada año como la "Semana de la Educación" en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Durante dicha semana, en los planteles de enseñanza del país se dará preferente atención a la celebración de actos de reconocimiento y homenaje a los distintos sectores que intervienen en el proceso de educación."
Artículo 2.-Enmendar la Sección 3 de la Ley
Núm. 141 de 20 de julio de 1997 que lea como sigue
"El miércoles de la "Semana de la Educación" se dedicará a reconocer, en especial, la labor de liderazgo y de responsabilidad que llevan a cabo los Directores Escolares, y se conocerá como "Día del Director de Escuela".
El jueves de la “Semana de la
Educación" se dedicará a reconocer, en especial, el esfuerzo de los
estudiantes de todos los niveles, y se conocerá como "Día del
Estudiante". El viernes de la "Semana de la Educación" se
dedicará a reconocer, en especial, la labor y dedicación de los maestros y
profesores de todos los niveles, y se conocerá como "Día del
Maestro"."
Artículo
3.-Esta Ley
comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente
de la Cámara
Presidente del Senado
Nota Importante: Esta
ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.
Presione Aquí para regresar al Menú
anterior y seleccionar otra ley.
ADVERTENCIA
Este documento
constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está
sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación
oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como
un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para
posibles enmiendas a esta ley.
LexJuris de Puerto
Rico siempre está bajo construcción.
|
© 1996-2002 LexJuris de Puerto Rico - Derechos
Reservados |
|