Ley
Núm. 250 del año 2002
(P. de la C. 2183), 2002, ley 250
Para disponer que el día 10 de mayo de cada año será observado como “Día de don Antonio Fernós Isern”
Ley Núm. 250 de
28 Octubre de 2002
Para disponer que el día 10 de
mayo de cada año será observado en toda la jurisdicción del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico como “Día de don Antonio Fernós Isern".
El doctor Don Antonio Fernós
Isern, médico, politico, patriota y humanista nació el 10 de mayo de 1895 en el
Municipio de San Lorenzo, Puerto Rico. Cursó sus estudios primarios y
secundarios en la Isla, trasladándose posteriormente al "Pennsylvania
State Normal School" en la ciudad de Bloomburg de ese estado de la Unión.
En mayo de 1915 obtuvo su grado universitario de la Escuela de Médicos y
Cirujanos de la Universidad del Estado de Maryland.
Posteriormente, el doctor Fernós
Isern regresa al país donde practicó su profesión de médico. Durante los años
de 1919 a 1933, ocupa varias posiciones de carácter administrativo entre los
que se encuentran: Comisionado Auxiliar de Salud de Puerto Rico (1920-1931) y
Comisionado de Salud en propiedad (1931-1933 y 1942-1946). Para el año 1933,
debido a diferencias políticas con el gobierno de la Coalición en Puerto Rico,
presentó su renuncia como Comisionado de Salud. Se traslada. entonces al Estado
de Nueva York, donde finalizó su residencia en cardiología en la Universidad de
Columbia, convirtiéndose en el primer cardiólogo puertorriqueño. A su regreso a
la Patria fue profesor en la Escuela de medicina Tropical y continuó con su
práctica privada en San Juan de 1933 a 1942.
En 1937, el doctor Fernós Isern
participó junto a don Luis Muñoz Marín en la organización del Partido Liberal,
el cual se convirtió posteriormente en el Partido Popular Democrático (PPD). En
1940 lanzó su candidatura a la Comisaría Residente de Puerto Rico en
Washington, siendo derrotado en su intento.
En 1945, el entonces Gobernador
de Puerto Rico, don Jesús T. Piñero, lo selecciona como nuevo Comisionado
Residente en Washington, puesto para el que fue reelecto en cuatro ocasiones;
consecutivas (1948, 1952, 1956 y 1960). Funge en dicho cargo desde el 11 de
septiembre de 1946 hasta el 3 de enero de 1965.
Durante las dos décadas en que
honrosamente ocupó tan alto cargo, el doctor Fernós Isern tuvo un rol
preponderante en la obtención de un gobierno propio para los puertorriqueños.
Su participación en la aprobación de la Ley del Gobernador Electivo de Puerto
Rico fue en extremo importante.
Tras la aprobación por el
Congreso de los Estados Unidos de América de la Ley Pública 600 de 1950, la
cual autorizaba a los puertorriqueños a redactar su propia constitución, el
doctor Fernós Isern fue electo Presidente de la Convención Constituyente de
Puerto Rico, la cual redactó la Carta Magna del Estado Libre Asociado, que
durante el próximo año 2002 cumple su quincuagésimo aniversario.
Este insigne puertorriqueño no
aspiró a un quinto término en las elecciones de 1964, cuando presenta su
candidatura al Senado del Estado Libre Asociado, siendo electo a dicho cargo
legislativo ocupa su curul en la Cámara Alta hasta el año 1968.
Para dolor de nuestro pueblo, el
doctor Antonio Fernós Isern deja de existir, el 19 de enero de 1974. Para la
Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sin embargo, es
en extremo importante que en ocasión de celebrarse durante el año 2002 los
primeros cincuenta años de la Constitución del Estado Libre Asociado, se
reconozca al doctor Fernós Isern y se inmortalicen y agradezcan sus
aportaciones al desarrollo político y económico de nuestro pueblo. Sus
aportaciones al engrandecimiento de la Patria son, sin duda, incalculables e
indelebles.
Con la aprobación de esta Ley,
el poder Legislativo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, celebra haber
tenido entre los suyos a tan insigne prohombre y pretende educar a nuestras
nuevas generaciones de sus inmensas aportaciones a nuestra historia como
nación.
DECRETASE
POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Disponer que el día 10 de mayo
de cada año será observado en toda la jurisdicción del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico como "Día de don Antonio Fernós Isern
Artículo 2.- El Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, así como las cámaras legislativas, darán fiel cumplimiento a los propósitos de esta Ley y, mediante proclama al efecto, exhortarán anualmente a todo el pueblo puertorriqueño a realizar actividades conducentes a celebrar y educar a la ciudadanía sobre la importancia y labor de don Antonio Femós Isern
Artículo 3.- Las agencias e
instrumentalidades del Gobierno, así como el poder Legislativo del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico, presentarán su cooperación y apoyo en la promoción y
ceIebración de las actividades que se realicen en virtud de esta Ley.
Artículo
4.-Esta Ley
comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
Nota Importante: Esta
ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas
posteriores.
Presione Aquí para regresar al Menú
anterior y seleccionar otra ley.
ADVERTENCIA
Este documento
constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está
sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación
oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como
un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para
posibles enmiendas a esta ley.
LexJuris de
Puerto Rico siempre está bajo construcción.
|
© 1996-2002 LexJuris de Puerto Rico - Derechos
Reservados |
|