Ley Núm. 291 del año 2002


(P. del S. 1465), 2002, ley 291

 

Para encomendar al Instituto de Cultura y a la Junta de Planificación estudiar la posibilidad de declarar Monumentos Históricos las Hacienda “Los Torres” y “El Triunfo” de Lares

Ley Núm. 291 de 25 de diciembre de 2002

 

Para encomendar al Instituto de Cultura Puertorriqueña y a la Junta de Planificación, estudiar la posibilidad de declarar Monumentos Históricos las estructuras de la Hacienda "Los Torres" y la Hacienda "El Triunfo" de Don Manuel Rojas del Municipio de Lares.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

Nos narra don Alfredo González Ruiz que las ruinas de la Hacienda "El Triunfo" están ubicadas en el Barrio Pezuela de Lares. En ella se reunía la Junta Revolucionaria Centro Bravo de Lares y desde este lugar marchó el ejército de patriotas que en desafío valiente a España, protagonizó la gesta heroica del Grito de Lares. Don Manuel Rojas, propietario de la Hacienda, fue el comandante de aquel, aguerrido ejército que enarbolando la Bandera de Lares, hizo su entrada triunfal a Lares el 23 de septiembre de 1868. Este lugar, sin lugar a dudas, es un lugar de gran trasfondo e interés histórico que debe preservarse. Los restos de don Manuel Rojas serán trasladados próximamente a Puerto Rico desde Venezuela.

 

La Hacienda Los Torres fue construida en los años previos al Grito de Lares. Su localización, a la entrada del pueblo invita a visitarla y a conocer de la riqueza histórica de Lares. Don José María Torres, dueño de la Hacienda, y participante activo en la gesta patriótica de 23 de septiembre de 1868, estaba casado con doña María Isidora Pol y Segarra. Dos hermanos de 6sta: don Bernabé y don Andrés Pol, héroes del Grito de Lares, al fracasar la revolución e iniciarse la persecución contra los patriotas, se escondían en sus montes aledaños y dormían en el ático de la Hacienda Los Torres.

 

Si héroes y heroínas fueron los hombres y mujeres que forjaron con su ejemplo y valentía nuestra afirmación de puertorriqueñidad aquel 23 de septiembre de 1868, no menos lo son los lareños que por decenas de años han convertido en apostolado su defensa de los tesoros arquitectónicos e históricos de Lares. Son ciudadanos con conciencia social que merecen nuestro reconocimiento. Ya llegó el momento de coronar con el éxito de la adquisición de estos monumentos históricos, el esfuerzo de toda una vida de estos distinguidos ciudadanos para preservar las Haciendas: "El Triunfo y Los Torres".

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 

Artículo 1.‑ Se encomienda al Instituto de Cultura Puertorriqueña y a la Junta de Planificación, estudiar la posibilidad de declarar monumentos de interés y valor histórico para el Pueblo de Puerto Rico, el predio de terreno y las ruinas de las estructuras de las antiguas Haciendas "Los Torres" y "El Triunfo", citas en el Barrio Pezuela del Municipio de Lares.

 


Artículo 2.‑ El Instituto de Cultura Puertorriqueña seria responsable de la custodia, conservaci6n y mantenimiento de las Haciendas "Los Torres" y "El Triunfo". No obstante, de acuerdo con las facultades que le confiere su Ley Orgánica y las otras leyes y reglamentos que sean de aplicaci6n, podrá entrar en cualquier acuerdo con el Gobierno Municipal de Lares o cualquier organizaci6n cultural sin fines de lucro para su administración y funcionamiento.

 

Artículo 3.‑ El Instituto de Cultura Puertorriqueña establecerá un plan de autosuficiencia para la conservación y administración de ambos monumentos. A esos fines estará facultado para solicitar y recibir cualquier contribución o aportación en dinero, servicios o bienes donación de cualesquiera, departamento, agencia, administración, oficina, corporación pública o dependencia del Gobierno de Puerto Rico o de los Gobiernos Municipales o empresas privadas para lograr los propósitos de esta Ley.

 

Artículo 4.‑ Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

Presidente del Senado

Presidente de la Cámara

 

 

Nota Importante: Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

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