Ley Núm. 77 del año 2004


(P. del S. 2578), 2004, ley 77

 

Para disponer que la Comisión Denominadora designará el nuevo Coliseo de Hato Rey, San Juan, con el nombre de Coliseo de Puerto Rico José Miguel Agrelot

Ley Núm. 77 de 10 de marzo de 2004

 

Para disponer que la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, designará el nuevo coliseo ubicado en el sector de Hato Rey del Municipio de San Juan, con el nombre de "Coliseo de Puerto Rico José Miguel Agrelot''.

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

El ilustre puertorriqueño Don José Miguel Agrelot nació en Santurce, Puerto Rico, el 21 de abril de 1927. Sus estudios universitarios los realizó en la Universidad de Puerto Rico donde obtuvo un grado de Bachiller en Economía y Ciencias Políticas. Sus pininos en las lides artísticas se escenificaron a través de las ondas radiales en 1945. A los dieciocho años se inició como actor en un programa de radio, convirtiéndose en uno de los actores cómicos más destacados en ese medio y luego en la televisión de Puerto Rico. De esta manera, surge su primer personaje conocido como Torito Fuertes, figura principal del programa El Colegio de la Alegría, transmitido en aquel momento por WIAC.

 

Utilizando como modelos personajes del diario vivir, creó una serie de personificaciones que gozaron de gran aceptación entre el público puertorriqueño. Entre los más destacados podemos mencionar a Don Rodríguez, Pancho Matanzas, Serafín Sinfín, El Profesor Pulula, quien siempre comenzaba sus intervenciones haciendo un llamado a la paz con su frase característica que nos advertía que "la violencia nada engendra, sólo el amor es fecundo". Pero el personaje que más descolló y que más arraigo tuvo entre todos los puertorriqueños fue el famoso Don Cholito, quien en el espacio televisivo de Encabulla y vuelve y tira se dedicaba a comentar de una manera jocosa y liviana, los acontecimientos del diario vivir nacional e internacional.

 

Un dato significativo en la fructífera carrera de este distinguido y honorable hijo de nuestra patria fue haber transmitido de manera ininterrumpida por cincuenta y cinco años el programa radial mañanero Su alegre despertar, siendo galardonado por el Libro de Récord Mundiales Guinness por esta espectacular gesta. Además, se le dedicó "La Ciudad Torito" en el Parque de las Ciencias de Bayamón, donde están recogidos numerosos recuerdos y premios otorgados a el comediante a través de su intensa carrera profesional.

 

Don José Miguel Agrelot se caracterizó por ser un ser humano que cultivó la poesía y la lectura. Es una de las figuras más admiradas y queridas por su gente, no solamente por su impresionante trayectoria artística, sino por su profundo sentido de humanismo y altruismo, sus firmes valores morales y su desinteresado compromiso con el País y sus compatriotas. Es importante consignar que su proyección con el pueblo trascendió clases sociales y generaciones convirtiéndose, sin lugar a dudas y por méritos propios, en un digno representante de nuestra identidad nacional puertorriqueña.

 

Esta Asamblea Legislativa se honra en reconocer la vida y obra de este ilustre maestro de la comedia designando el nuevo coliseo ubicado en el sector de Hato Rey del Municipio de San Juan con el nombre de "Coliseo de Puerto Rico José Miguel Agrelot", de esta forma perpetuamos para la historia la memoria de este distinguido puertorriqueño.

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 

Artículo 1.- Se dispone que la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico designará el nuevo coliseo, ubicado en el sector de Hato Rey del Municipio de San Juan, con el nombre de "Coliseo de Puerto Rico José Miguel Agrelot".

 

Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley.

 

Artículo 3.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

 

Presidente del Senado

Presidente de la Cámara

 

 

Nota Importante: Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

 

Presione Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otra ley.


ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

LexJuris de Puerto Rico siempre está bajo construcción.


| Home| Leyes y Jurisprudencia | Información | Agencias | Profesionales | Biografías | Historia | Pueblos de Puerto Rico| Servicios |Publicidad | Directorios | Compras | Eventos | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD| Ordenanzas | Revista Jurídica |

 

 

 

 

© 1996-2004 LexJuris de Puerto Rico - Derechos Reservados