Ley Núm. 104 del año 2004
(P. del S. 2377), 2004, ley 104
Para modificar los límites territoriales de Maunabo para incluir el Sector California del Barrio Calzada de Patillas
Ley Núm. 104 de 30 de abril de 2004
Para modificar los límites territoriales del Municipio de Maunabo para incluir dentro de su jurisdicción el sector California del Barrio Calzada, que pertenecen a la jurisdicción territorial del Municipio de Patillas.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Geográficamente el sector California del Barrio Calzada pertenece al Municipio de Patillas sin embargo desde tiempos inmemoriales los residentes de dicho sector buscan satisfacer sus necesidades de servicio en las oficinas locales de agencia; estatales y municipales ubicadas en el Municipio de Maunabo. Esta situación no se ha dado por mero capricho de los residentes, sino que responde a una realidad socioeconómica propia y la falta de transportación para allegarse a las facilidades del Municipio de Patillas, así como la cercanía de las facilidades municipales de Maunabo. Asimismo, es preciso señalar que este sector perteneció, hasta hace cerca de diez (10) años al Municipio de Maunabo.
No obstante, en los últimos años estos residentes han experimentado problemas con las agencias y están siendo obligados a allegarse a su municipio a solicitar servicios de salud y otros servicios cuando el municipio más cercano a sus comunidades y el que tradicionalmente le ha brindado los servicios es el Municipio de Maunabo.
Sin embargo, dado el hecho de que los servicios municipales básicos de recogido de basura, mantenimiento de carreteras y servicios médico-hospitalarios, servicios escolares, entre otros, son brindados por el Municipio de Maunabo, esto no conllevaría una erogación en su presupuesto municipal. sino que por el contrario se le haría justicia a personas que por años han sufrido la incertidumbre de sentirse parte de un municipio que legalmente y jurisdiccionalmente no lo corresponde.
Como cuestión de hecho, los alcaldes de los Municipios de Maunabo y Patillas reconocen tal situación, por lo que apoyan la anexión de los sectores al Municipio de Maunabo. Aunque en la Sección 1 de su Artículo VI la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en el caso de reorganización o modificación de municipios no requiere un referéndum, es menester señalar que la población de las comunidades de estos sectores están de acuerdo en pertenecer al Municipio de Maunabo.
Esta Asamblea Legislativa entiende que es necesario y conveniente que se respete la voluntad de los residentes del sector California de] Barrio Calzada que pertenece a la jurisdicción territorial del Municipio de Patillas de poder pertenecer al Municipio do Maunabo.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO
Sección 1.- Se ordena a la Junta de Planificación modificar los límites territoriales del Municipio de Maunabo adicionando a éstos el sector California del Barrio Calzada, que forma parte de la jurisdicción territorial del Municipio de Patillas.
Sección 2.- Una vez realizada el cambio aquí dispuesto. la Junta de Planificación notificará a los organismos gubernamentales y municipales, incluyendo a los Tribunales de Justicia. de los cambios ordenados por esta Ley para que tomen conocimiento de los mismos y enviarán a las agencias pertinentes copia de ur mapa conteniendo la nueva delimitación de los municipios de Maunabo y Patillas.
Sección 3.-Se ordena a los organismos gubernamentales y municipales. que una vez la Junta do Planificación adopte los cambios correspondientes se realicen las modificaciones pertinentes a la política pública y demás disposiciones de ley o reglamento aplicables.
Sección 4.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente del Senado
Presidente de la Cámara
Nota Importante: Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.
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ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.
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