Ley Núm. 44 del año 2010


(P. del S. 922), 2010, ley 44

 

Para designar con el nombre de Profesor Angel Hernández Álvarez el Centro Gubernamental del Municipio de Añasco

Ley Núm. 44 de 16 de abril de 2010

 

Para designar con el nombre de Profesor Angel Hernández Alvarez el Centro Gubernamental del Municipio de Añasco, y eximir tal designación de las disposiciones de la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada, conocida como la “Ley de la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas”.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Don Angel Hernández Alvarez, hijo del noble pueblo de Añasco, nace el 2 de agosto de 1928, y fallece el 3 de mayo de 2003, en San Germán.

Luego de cursar sus estudios de escuela superior, ingresa al Ejército de los Estados Unidos de America, sirviendo con orgullo, valor y honor. Luego pasa a la Reserva de dicho cuerpo castrense. A pesar de provenir de humilde cuna, su característico espíritu combativo lo guió hasta poder cursar estudios universitarios y alcanzar el grado de Bachillerato en la enseñanza del inglés a nivel secundario, profesión que ejerció desde el 1959 hasta 1968.

En el ruedo político se inicia en el 1952, al aspirar para Alcalde de su querido pueblo. Ya para el año 1956 es candidato a Representante de Distrito, y en el 1960, vuelve a retomar su aspiración por la Alcaldía de Añasco. En el 1968 es candidato a  Asambleísta, siendo electo para el cuatrienio de 1968 al 1972. Años más tarde, ocupó la Presidencia de la Legislatura Municipal de Añasco.

En el año 1969 fue Director Regional de la Administración de Programas Sociales. Desde allí sirvió, atendió y ayudó a los necesitados de su región, sin consideraciones políticas. Además, se destacó como líder cívico, fundando organizaciones y siendo miembro activo de algunas de éstas. Su rincón, Rancho Grande, sirvió como centro de importantes eventos marítimos y actividades para toda su comunidad.

Angel Hernández Alvarez fue una persona de principios y creencias firmes, pero siempre expresando su sentir con mucho respeto. Y todos estos hermosos valores fueron compartidos y transmitidos, de una manera u otra a su esposa, hijas, nietos, amigos, correligionarios, y en fin, con todos aquéllos que lo conocieron.

            Para honrar la memoria de este ejemplar ciudadano y servidor público que fue don Angel Hernández Alvarez, se designa con su nombre el Centro Gubernamental de Añasco.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:


Artículo 1.- Se designa con el nombre de Profesor Angel Hernández Alvarez el Centro Gubernamental de Añasco, y se exime tal designación de las disposiciones de la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada, conocida como la “Ley de la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas”.

Artículo 2.- El Centro Gubernamental de Añasco se identificará con el nombre de Profesor Angel Hernández Alvarez.

Artículo 3.- Los gastos a incurrirse por la rotulación del edificio podrán ser sufragados con aportaciones privadas, municipales, estatales o federales.

Artículo 4.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

 

 

 

Notas Importantes:

1.  Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

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