Ley Núm. 109 del año 2010
(Sustitutivo al
P. de la C. 2309); 2010, ley 109
Para derogar la Ley Núm. 93 de 1987, que creó el Centro de Estudios Especializados en Gerencia de Gobierno, adscrito a la Oficina del Presidente de la Universidad de Puerto Rico
LEY NUM. 109 DE 29 DE JULIO DE 2010
Para derogar la Ley Núm. 93 de 3 de julio de 1987, que creó el Centro de Estudios Especializados en Gerencia de Gobierno, adscrito a la Oficina del Presidente de la Universidad de Puerto Rico, por constituirse dicha entidad en una inoperante.
EXPOSICION DE MOTIVOS
A partir del año 1999, el Centro dejó de recibir gran parte del presupuesto legislativo asignado. Como prueba de esto figura que, en la Resolución Núm. 469 de 6 de agosto de 1999, se le asignaron $300,000, de los cuales la única transferencia recibida fue por la cantidad de $50,000. Esta asignación presupuestaria cubrió parte de las operaciones del Año Fiscal 1999- 2000. Sin embargo, como consecuencia de ello y para años subsiguientes, fue necesario que la Oficina Central de Presupuesto de la Universidad de Puerto Rico asumiera el gasto de nómina y beneficios marginales de dos empleadas adscritas al Centro.
Ante la falta de asignación presupuestaria al Centro, la administración universitaria reubicó a las dos empleadas dentro de la estructura administrativa de la Administración Central, ya que la nómina y beneficios se cubrían con presupuesto universitario. En el 2005, se jubiló una de las empleadas y el 30 de noviembre de 2006 la empleada que quedaba renunció.
Por lo anterior, la Administración Central de la Universidad de Puerto Rico eleva ante nuestra consideración la posibilidad de que la Ley Núm. 93 de 3 de julio de 1987 sea derogada, cosa con la que esta Asamblea Legislativa no tiene mayores reparos.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-Se deroga la Ley Núm. 93 de 3 de julio de 1987, que creó el Centro de Estudios Especializados en Gerencia de Gobierno, adscrito a la Oficina del Presidente de la Universidad de Puerto Rico, por constituirse dicha entidad en una inoperante.
Artículo 2.-Se transfieren a la Oficina del Presidente de la Universidad de Puerto Rico todos los activos pertenecientes al Centro de Estudios Especializados en Gerencia de Gobierno.
Artículo 3.-Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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Presidenta de la Cámara
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Presidente del Senado
Notas Importantes:
1. Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.
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