Ley Núm. 9 del año 2016


P. del S. 988); 2016, ley 9

 

Para declarar el día 30 de marzo de cada año como el “Día de Concienciación Sobre el Trastorno Bipolar”.

LEY NUM. 9 DE 26 DE FEBRERO DE 2016

 

Para declarar el día 30 de marzo de cada año como el “Día de Concienciación Sobre el Trastorno Bipolar”; y para otros fines.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El trastorno bipolar, también conocido como enfermedad maníaco-depresiva, según lo define el “National Institute of Mental Health”(NIMH), es un desorden mental que provoca cambios en temperamento, energía, niveles de actividad y la habilidad de llevar a cabo tareas habituales. Los síntomas son severos. Son diferentes a los cambios de estados de ánimo que, de ordinario, experimentan todas las personas. Los síntomas del trastorno bipolar pueden resultar en relaciones menoscabadas, pobre desempeño laboral y/o educativo e incluso en suicidio. El trastorno bipolar se puede tratar y las personas con esta condición pueden llevar vidas plenas y productivas. [1]

El trastorno bipolar afecta por igual a hombres y mujeres. Generalmente comienza a manifestarse entre las edades de 15 y 25 años. Algunas personas tienen sus primeros síntomas durante la niñez mientras otras pueden desarrollarlos más tarde en la vida.[2] Aunque la causa exacta se desconoce, se presenta con mayor frecuencia en parientes de personas que padecen dicho trastorno. En la mayoría de las personas con trastorno bipolar, no hay una causa clara para los períodos (episodios) de extrema felicidad (manías) o de depresión. [3]

No es fácil reconocer cuándo comienza el trastorno. Los síntomas, vistos individualmente,  pudieran parecer representaciones de otras condiciones, cuando realmente son parte de un cuadro clínico relacionado con el trastorno bipolar. Algunas personas sufren por años antes de ser diagnosticados o tratados apropiadamente. Al igual que la diabetes o las enfermedades cardíacas, el trastorno bipolar es una enfermedad a largo plazo que debe manejarse cuidadosamente durante toda la vida de una persona. [4]

La International Society for Bipolar Disorder (ISBD), celebró el día 30 de marzo de 2014 como el año inaugural del Día Mundial del Trastorno Bipolar. Este concepto proviene de un esfuerzo colaborativo entre el Asian Network of Bipolar Disorder, (ANBD), el International Bipolar Foundation (IBPF), y el International Society for Bipolar Disorder (ISBD). El propósito era atender y dilucidar la disparidad de cómo es visto el trastorno bipolar en diferentes partes del mundo. Estudios sobre el tema revelan que de un 65% de la población puertorriqueña que recibe servicios de salud mental, 5% padece de trastorno bipolar.[5]

La presente medida tiene el propósito de crear conciencia sobre los distintos tipos de condiciones relacionadas  con la salud mental y establecer el compromiso de esta Asamblea Legislativa de atender a los pacientes de salud mental de Puerto Rico. Más aún, se pretende crear conciencia sobre las dificultades que enfrenta la población que padece de trastorno bipolar y colaborar en informar y educar al pueblo puertorriqueño, sobre la existencia de esta condición y las alternativas de tratamiento disponibles. Con la presente medida, Puerto Rico se une al esfuerzo mundial de concientización sobre el trastorno bipolar, sus implicaciones en la conducta de los individuos y las consecuencias en nuestro diario vivir.  Con el fin de evitar los estigmas sociales y estereotipos y para crear conciencia sobre la condición, se exhorta a la integración de esfuerzos entre el gobierno y las comunidades y se declara el día 30 de marzo, como el “Día de Concienciación Sobre el Trastorno Bipolar”.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se declara el día 30 de marzo de cada año como el “Día de Concienciación Sobre el Trastorno Bipolar”.

Artículo 2.- El Secretario del Departamento de Salud, en coordinación con el Administrador de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), emitirá, con al menos diez (10) días de anticipación al día 30 de marzo, una proclama de conciencia al pueblo puertorriqueño sobre la existencia de dicha condición médica a fin de educar y concientizar sobre el tema.

Artículo 3.- El Secretario del Departamento de Estado, en coordinación con el Secretario de Salud y el Administrador de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), así como los organismos y entidades públicas y municipales de Puerto Rico, deberán adoptar las medidas que sean necesarias para la consecución de los objetivos de esta ley.  Esto, mediante la organización y celebración de actividades para la conmemoración y promoción del día 30 de marzo como el “Día de Concienciación Sobre el Trastorno Bipolar”. Se dará a conocer la importancia de crear conciencia de la condición de trastorno bipolar por los médicos y demás profesionales de la salud y el público en general. Se promoverá la participación de la ciudadanía y de las entidades privadas en las actividades establecidas en dicho día.

Artículo 4.- Copia de la proclama anual será distribuida a los medios de comunicación para su divulgación.

Artículo 5.- Esta ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 


Notas al calce

 

[1] National Institute of Mental Health, http://www.nimh.nih.gov/health/publications/bipolar-disorder/index.shtml

 

[2] Id.

 

[3] http://www.nlm.nih.gov/medlineplus/spanish/ency/article/000926.htm

[4] National Institute of Mental Health, http://www.nimh.nih.gov/health/publications/bipolar-disorder/index.shtml

 

[5]Rosario, Plaza et al.  La Salud Mental en Puerto Rico: una mirada desde las estadísticas y la política pública.

  Cuadernos de Investigación Social y Económica. Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico. 2012.

 

 

 

 

Notas Importantes:

1. Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

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