2024 LEYES DE PUERTO RICO 2024
Ley Núm. 142 del año 2024
(P. del S. 1443); 2024, ley 142
Designar con el nombre de Ruta Gastronómica, Turística y Cultural Mar y Tierra.
Ley Núm. 142 de 8 de agosto de 2024
Para demarcar la extensión territorial que comprende los municipios de Aibonito, Arroyo, Barranquitas, Cayey, Cidra, Coamo, Comerío, Corozal, Guayama, Juana Díaz, Santa Isabel, Naranjito, Orocovis, Salinas y Villalba como “Ruta Gastronómica, Turística y Cultural Mar y Tierra” y ordenar a la Compañía de Turismo a desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo para dicha zona; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Distrito Senatorial de Guayama tiene una diversidad en su topografía con alto valor ecológico, gastronómico y cultural. Se compone de quince (15) municipios: Aibonito, Arroyo, Barranquitas, Cayey, Cidra, Coamo, Comerío, Corozal, Guayama, Juana Díaz, Naranjito, Orocovis, Salinas, Santa Isabel y Villalba, con una población aproximada de 409,415 habitantes, según el Censo 2020. Delimita el territorio senatorial al norte la Cordillera Central; y al sur el Valle Costero del Sur y el Mar Caribe.
Desde hace muchos años, se ha identificado el potencial turístico de la región y se han desarrollado varias iniciativas. La “Ruta Panorámica Luis Muñoz Marín” (Ley Núm. 71 de 23 de junio de 1965, según enmendada) designa 266 kilómetros de carreteras entrelazando veintiún (21) municipios desde el área sureste (Emajagua, Maunabo) hasta Mayagüez, atravesando toda la Cordillera Central de Puerto Rico, por diversas vías principales donde destacan las Carreteras PR-105, PR-143 y PR-182.
Durante las últimas dos décadas, han incrementado otras iniciativas gubernamentales encaminadas a potenciar el turismo ecoamigable y gastronómico en la región, que no cuenta con un desarrollo económico a nivel industrial como otras regiones de Puerto Rico. Su fuerza económica se basa mayormente en la industria de ventas y servicios enfocadas en el turismo. El Gobierno, a través de la Compañía de Turismo, creó “Porta Caribe” (2003) con el propósito de desarrollar campañas turísticas para la región que definieron en catorce (14) municipios del sur (Adjuntas, Arroyo, Coamo, Guayama, Guayanilla, Jayuya, Juana Díaz, Patillas, Peñuelas, Ponce, Salinas, Santa Isabel, Villalba y Yauco). Para el 2011, se establece la “Ruta del Sur” para encaminar obras de infraestructuras en la región sur desde Guánica, Yauco, Ponce, Guayanilla, Peñuelas, Arroyo, Salinas, Juana Díaz y Santa Isabel, con el propósito de fomentar un turismo ecoamigable. Complementando las iniciativas a través de la Compañía de Turismo, en el 2012 se crea “Porta Cordillera” y se traslada Adjuntas y Jayuya a formar parte de esta iniciativa, junto a Aguas Buenas, Cidra, Cayey, Comerío, Aibonito, Naranjito, Barranquitas, Corozal, Orocovis, Morovis, Ciales, Florida, Utuado y Lares. Como estas, se han desarrollado otras iniciativas privadas como el “Desarrollo Integral del Sur” (DISUR) creada en el 2006 para promover y maximizar la competitividad en los municipios que componen la Región Sur, por ellos definida en quince (15) municipios: Arroyo, Coamo, Guayama, Juana Díaz, Patillas, Salinas, Santa Isabel, Villalba, entre otros.
Los municipios que componen el Distrito Senatorial de Guayama cuentan con una riqueza en recursos naturales, flora, fauna y playas de alto valor ecológico a nivel mundial. Alrededor de esas bellezas naturales, se ha desarrollado una gastronomía que destaca la variedad de platos típicos puertorriqueños, desde la montaña hasta la costa. Se puede saborear un rico lechón, hasta un plato de mariscos frescos, entre otras variedades gastronómicas para todo gusto y paladar, tanto de los turistas, como de visitantes locales que degustan cada semana en la región. Para los amantes del ecoturismo, existen varias alternativas, como el Bosque Estatal Toro Negro, Bosque Estatal Carite, Reserva Natural Jobos, Piscinas Termales, Punta Guilarte, Cayo Matías, Bosque Aguirre, Reserva Natural Punta Petrona, Bosque Rocoso de Piedra, Lago Toa Vaca, Chorro Doña Juana, Bosque Estatal Monte Choca, Cañón San Cristóbal, Charco Las Pailas, Lago de Cidra, Cerro El Indio, Lago La Plata, Cerro Las Tetas, Bahía Jauca, entre muchos otros recursos naturales.
Además, todo el distrito cuenta con una variedad de monumentos, estructuras históricas y culturales, como la Casa del Poeta Luis Palés Matos (Guayama), Monumento Samuel Morse (Arroyo), Ruinas Central Aguirre (Salinas), Monumento al Jíbaro Puertorriqueño (Salinas), Monumento al Piragüero (Coamo), Monumento de los Tres Reyes Magos (Juana Díaz), Miradero Villalba-Orocovis, Centro Histórico El Cibuco (Corozal), Casa y Museo Luis Muñoz Rivera (Barranquitas), Casa de la Cultura Cacique Comerío (Comerío), La Loma de los Reyes (Cayey-Guavate), Casa Museo Federico Degetau (Aibonito), Monumento Trincheras del Asomante (Aibonito), Monumento al Trovador (Naranjito), entre otros, en cada uno de los municipios que lo componen.
La oferta cultural es variada a través del todo el año en cada municipio que compone el distrito, entre las que destacan Ruta del Lechón (Cayey-Guavate), Carnaval de Arroyo, Festival del Pescao (Arroyo), Festival del Mojo Isleño (Salinas), Maratón San Blas de Illescas (Coamo), Fiesta de los Tres Santos Reyes (Juana Díaz), Festival de las Flores (Aibonito), Festival del Jíbaro Comerieño (Comerío), entre tantas otras festividades.
Por lo antes expuesto, en virtud de toda la actividad económica, turística y cultural del Distrito Senatorial de Guayama, es necesario presentar legislación como esta, que fomente las alianzas entre agencias de desarrollo económico, las administraciones municipales y demás organizaciones que sirvan como instrumento y en beneficio del Distrito de Guayama. Por tanto, esta Asamblea Legislativa designa la “Ruta Gastronómica, Turística y Cultural Mar y Tierra” en el Distrito Senatorial de Guayama, a través de todos los municipios que componen el mismo.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Designar con el nombre de “Ruta Gastronómica, Turística y Cultural Mar y Tierra” a las vías principales, lugares gastronómicos, recursos naturales, monumentos y lugares turísticos de interés de los municipios de Aibonito, Arroyo, Barranquitas, Cayey, Cidra, Coamo, Comerío, Corozal, Guayama, Juana Díaz, Naranjito, Orocovis, Salinas, Santa Isabel y Villalba.
Sección 2.- Declaración de Política Pública.
Es la intención de la Asamblea Legislativa fortalecer la actividad económica en el Distrito Senatorial de Guayama y los municipios que lo componen, definiendo una zona gastronómica, turística y cultural. El propósito de esta es desarrollar esfuerzos coordinados entre las agencias de gobierno responsables del desarrollo económico y turismo, junto a las administraciones municipales, para fomentar el crecimiento económico en el distrito. La topografía de la zona entre las montañas y la costa del Mar Caribe, crea un ambiente ideal para el uso y disfrute de las bellezas naturales, ecoturismo, gastronomía única con mucha historia, y una riqueza cultural que se encuentra en cada rincón del Distrito de Guayama, y que hoy día forman parte del patrimonio nacional.
Sección 3.- Vías Principales que componen la Ruta Gastronómica, Turística y Cultural – Mar y Tierra.
Se declaran las siguientes vías públicas principales del Distrito Senatorial de Guayama, como aquellas que componen la Ruta Gastronómica, Turística y Cultural – Mar y Tierra, debido a los lugares gastronómicos, de interés turístico, reservas naturales y de gran relevancia cultural que le componen las Carreteras: PR-1, PR-3, PR-14, PR-15, PR-143, PR-149, PR-182, PR-150, PR-151, PR-152, PR-155, PR-156, PR-159, PR-164, PR-172, PR-179, PR-182, PR-184, PR-701, PR-707, PR 748, PR-802, PR-803, PR-805 y PR-7710.
Sección 4.- Lugares Gastronómicos que componen la Ruta Gastronómica, Turística y Cultural – Mar y Tierra.
Se declaran barrios o sectores de alta concentración de oferta gastronómica, así como se incluyen rutas gastronómicas preexistentes, que requieren especial atención en los esfuerzos de mercadeo, los siguientes:
(a) Barrio Guavate, Cayey
(b) Malecón de Las Américas, Arroyo
(c) Sector Pozuelo, Guayama
(d) Puerto de Jobos, Guayama
(e) Barrio Aguirre, Salinas
(f) Barrio Playita, Salinas
(g) Barrio Jauca, Santa Isabel
(h) Comunidad Villa Pulga, Santa Isabel
(i) Barrio Gato, Orocovis
(j) Ruta de la Longaniza, Orocovis
(k) Rutas Gastronómicas del Guamaní, Guayama
Sección 5.- Lugares de alto valor ecológico y Reservas Naturales que componen la Ruta Gastronómica, Turística y Cultural Mar y Tierra.
Se declaran lugares de interés por su alto valor ecológico, o bien por constituir Reservas Naturales, que requieren esfuerzos encaminados para su protección, conservación, uso y disfrute, los siguientes:
(a) Bosque Estatal Toro Negro – Orocovis
(b) Lago de Matrullas – Orocovis
(c) Lago El Guineo – Orocovis
(d) Charca La Guitarra – Orocovis
(e) Cerro El Bolo – Orocovis
(f) Cerro El Malo - Orocovis
(g) Bosque Estatal Carite – Cayey
(h) Bosque Los Pinos – Cayey
(i) Cerro Las Tetas – Cayey
(j) Charco Azul - Cayey
(k) Reserva Natural Jobos - Salinas
(l) Bosque Aguirre - Salinas
(m) Playa Las Ochenta – Salinas
(n) Cayo Matías - Salinas
(o) Bosque Rocoso de Piedra – Juana Díaz
(p) Bosque Estatal Monte Choca - Corozal
(q) Punta Guilarte - Arroyo
(r) Lago Toa Vaca - Villalba
(s) Chorro Doña Juana – Villalba
(t) Lago Guayabal – Villalba
(u) Cerro La Coroza – Villalba
(v) Cerro La Montería – Villalba
(w) Cerro Petronila – Villalba
(x) Cerro Farallón - Barranquitas
(y) Cañon San Cristóbal - Barranquitas
(z) Charco Las Pailas – Comerío
(aa) Cerro Lazo – Comerío
(bb) Cerro Magueyes – Comerío
(cc) Cueva de la Mora - Comerío
(dd) Lago de Cidra - Cidra
(ee) Lago La Plata - Naranjito
(ff) Piscinas Termales - Coamo
(gg) Cerro El Indio – Aibonito
(hh) Cerro Verdún – Aibonito
(ii) Cerro Amoldadero – Aibonito
(jj) Cerro Jobo Dulce - Aibonito
(kk) Reserva Punta Petrona – Santa Isabel
(ll) Bahía Jauca – Santa Isabel
(mm) Playa Clavellina – Santa Isabel
(nn) Cerro El Mime – Orocovis
(oo) Cerro La Guaira – Orocovis
(pp) Bosque Enano, Barrio Pozuelo – Guayama
(qq) Lago Carite - Guayama
Sección 6.- Lugares Culturales y Monumentos que componen la Ruta Gastronómica, Turística y Cultural – Mar y Tierra:
Se declaran lugares culturales y monumentos de alto interés turístico para los visitantes, los siguientes:
(a) Faro Punta Figueras – Arroyo
(b) Monumento Samuel Morse – Arroyo
(c) Central Lafayette – Arroyo
(d) Casa del Poeta Luis Palés Matos – Guayama
(e) Horno de Cal – Guayama
(f) Hacienda y Molino La Carlota – Guayama
(g) Monumento al Jíbaro Puertorriqueño – Salinas
(h) Ruinas Central Aguirre – Salinas
(i) Monumento al Veterano – Salinas
(j) Ruinas Hacienda Alomar – Santa Isabel
(k) Monumento al Piragüero – Coamo
(l) Museo Histórico Ramón Rivera Bermúdez – Coamo
(m) Monumento de los Tres Santos Reyes Magos – Juana Díaz
(n) Casa Museo de los Santos Reyes – Juana Díaz
(o) Santuario de Schoenstatt – Juana Díaz
(p) Miradero Villalba / Orocovis – Villalba
(q) Museo Orocoveño Celestino Avilés – Orocovis
(r) Centro Histórico El Cibuco – Corozal
(s) Mausoleo Familia Luis Muñoz Rivera – Barranquitas
(t) Casa y Museo Luis Muñoz Rivera – Barranquitas
(u) Castillo El Cortijo – Barranquitas
(v) Paseo Lineal y Mirador Turístico – Barranquitas
(w) Casa de la Cultura Cacique Comerío – Comerío
(x) Mirador El Salto – Comerío
(y) La Loma de los Reyes – Cayey
(z) Monumento al Veterano – Cayey
(aa) Casa del Cuento y la Historia de Cayey – Cayey
(bb) Casa Cultura – Cidra
(cc) Mirador La Plata – Aibonito
(dd) Casa Museo Federico Degetau – Aibonito
(ee) Monumento Trinchera del Asomante – Aibonito
(ff) Reloj de Las Flores – Aibonito
(gg) Monumento al Trovador – Naranjito
(hh) Puente Atirantado – Naranjito
(ii) Mirador Las Lágrimas – Naranjito
(jj) Casa de la Cultura Orocoveña – Orocovis
(kk) Área Recreativa Maysonet Vázquez – Orocovis
(ll) Museo Casa Cautiño – Guayama
(mm) Hacienda Molino Vives – Guayama
(nn) Hacienda Machete – Guayama
(oo) Paseo Tablado Punta Pozuelo – Guayama
(pp) Zona Histórica (casco urbano) - Guayama
Sección 7.- Se ordena a la Compañía de Turismo a integrar la Ruta Gastronómica, Turística y Cultural Mar y Tierra, compuesta por lo descrito en las Secciones 3, 4, 5 y 6 de esta Ley, dentro de su plan de trabajo y atemperar sus futuras publicaciones en reconocimiento a su creación.
Sección 8.- Se ordena a la Compañía de Turismo la preparación de un plan integrado de promoción que incluya adiestramiento a los municipios, comerciantes y entidades turísticas localizados en esta ruta, para adelantar los propósitos de esta Ley. En el diseño de este plan, la Compañía de Turismo podrá realizar acuerdos colaborativos con agencias gubernamentales, con entidades sin fines de lucro dirigidas al turismo, e integrando cada administración municipal, con su Oficina de Turismo municipal.
Sección 9.- La Compañía de Turismo, tomará en consideración los planes estratégicos que tenga cada administración municipal y su Oficina de Turismo local, así como las organizaciones bona fide de comerciantes, para promover el turismo interno y externo en sus municipios. Por tal motivo, formalizará un registro de todas las iniciativas turísticas que se desarrollan en todas las comunidades y municipios que componen la Ruta Gastronómica, Turística y Cultural Mar y Tierra, que aquí se establece, sea por las administraciones municipales, como por organizaciones bona fide de comerciantes, entidades e individuos con empresas turísticas.
Sección 10.- La Compañía de Turismo y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, orientarán a los comerciantes establecidos en la ruta, sobre aquellos incentivos económicos locales y federales, relacionados al turismo y a la creación de empleos y desarrollo económico.
Sección 11.- Se ordena a la Compañía de Turismo, en acuerdo con los municipios que componen la ruta descrita en esta Ley, a desarrollar un logo que identifique a los establecimientos comerciales de la ruta, y a realizar la promoción de dichos establecimientos mediante la utilización de su página web y las redes sociales.
Sección 12.- Se ordena a los municipios que componen el Distrito Senatorial de Guayama, en conjunto con la Compañía de Turismo, a identificar y solicitar los fondos de recuperación disponibles, con las agencias locales y federales pertinentes, para el mejoramiento de la infraestructura de la ruta descrita en esta Ley, como lo pueden ser el desarrollo de ensanches de aceras, asfalto de calles, instalación de rótulos, soterrado eléctrico, entre otros proyectos necesarios.
Sección 13.- La Compañía de Turismo atemperará o aprobará la reglamentación pertinente y necesaria para cumplir con los propósitos de esta Ley dentro de los noventa (90) días calendario luego de la aprobación de esta Ley.
Sección 14.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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