Ley Núm. 65 del año 1998 Para declarar el mes de noviembre "Mes de la Música en Puerto Rico".


(P. del S. 358), Ley 65, 1998

LEY NUM. 65 DEL 14 DE ABRIL DE 1998

 

Para declarar el mes de noviembre de cada año en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico "Mes de la Música en Puerto Rico"; disponer lo concerniente a la proclama del Gobernador de Puerto Rico al efecto de su celebración; derogar la Ley Núm. 23 de 23 de mayo de 1984 y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Reiteradamente, se ha reconocido que la música es una expresión básica, universal y de importancia en la cultura de un pueblo que responde a las necesidades del hombre y su capacidad de manifestación.

En referencia a Puerto Rico resulta indubitado que la música refleja la integración cultural y racial de los elementos de las culturas taína, española y negra resultantes del desarrollo histórico de nuestro pueblo.

La integración armoniosa de estos tres elementos culturales y raciales se manifiesta vitalmente, a través de las vertientes de nuestra música, ya sea folklórica, popular o culta, con excelsos exponentes, creadores e intérpretes.

Mediante la Ley Núm. 23 aprobada el 23 de mayo de 1984, con vigencia inmediata, fue designado el día 22 de noviembre de cada año como el "Día del Compositor" en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A tal efecto, el Gobernador de Puerto Rico debe emitir anualmente una proclama.

Este mandato aparenta duplicar las disposiciones concernientes a la conmemoración del "Día del Compositor Puertorriqueño" contenidas en la Ley Núm. 47 de 12 de junio de 1978, se-un enmendada.

La Asamblea Legislativa entiende que para armonizar los estatutos mencionados entre otros aspectos debe derogar la Ley Núm. 23 de 23 de mayo de 1984 y aprobar la presente Ley para designar el mes de noviembre de cada año como el "Mes de la Música en Puerto Rico"

Esto corresponde a la concepción de noviembre, undécimo mes del calendario gregoriano de 30 días, que marca en la cultura occidental la preparación para los días festivos de diciembre y la Navidad. Particularmente, en Puerto Rico se proclama como Mes de la Familia, celebrándose, entre otras actividades, el Día de la Paz y el Día de Acción de Gracias.

De manera, que la tradición musical puertorriqueña deja sentir los aires navideños desde el mismo mes de noviembre y, a su vez, ésto resulta consistente con la comnemoración de la festividad de Santa Cecilia. Patrona de la Música.

Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:

Artículo 1.- Se declara el mes de noviembre de cada año en el Estado Libre Asociad Puerto Rico, el "Mes de la Música en Puerto Rico".

Artículo 2.- El Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico mediante la correspondiente proclama, exhortará anualmente al pueblo puertorriqueño, e igualmente, a las entidades privadas y públicas y a las municipalidades que celebren el "Mes de la Música en Puerto Rico", a través de la organización, el auspicio y el patrocinio de eventos y actividades propios de tal proclama.

Artículo 3.- El Instituto de Cultura Puertorriqueña, la Corporación del Centro de Bellas Artes, la Corporación de las Artes Escénico-Musicales, la Corporación del Conservatorio de Música, la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, la Universidad de Puerto Rico y el Departamento de Educación, así como otras entidades públicas interesadas individual, coordinada o conjuntamente, recomendarán, programarán, organizarán y auspiciarán aquellas actividades Y eventos públicos o privados que puedan llevarse a cabo en conmemoración del "Mes de la Música en Puerto Rico".

Artículo 4.- Se deroga la Ley Núm. 23 de 23 de mayo de 1984.

Artículo 5.- Esta Ley tendrá vigencia inmediata después de su aprobación.


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