Ley Núm. 89 del año 1998 Derogar la Ley Núm. 8 del 7 de julio de 1971, Ley de Sentencias.


 (P. de la C. 1009), Ley 89, 1998

LEY NUM. 89 DEL 20 DE JUNIO DE 1998

 

Para derogar la Ley Núm. 8 de 7 de julio de 1971 y la Ley Núm. 9 de 7 de julio de 1971, que establecen la reducción de sentencias y máximos por delitos menos graves.

EXPOSICION DE MOTIVOS

            Al aprobarse el Código Penal de 1974, no se derogaron expresamente la Ley Núm. 8 de 7 de julio de 1971 y la Ley Núm. 9 de 7 de julio de 1971. Estas leyes tipifican y establecen la pena que acarrean los delitos menos graves.

            Entendemos que estas disposiciones fueron recogidas en el Código Penal de 1974 en sus Artículos 12 y 13. Por lo que entendemos innecesario la duplicidad de estatutos.

            Con el propósito de evitar confusión en cuanto a la tipificación de delitos se hace necesario derogar la Ley Núm. 8 de 7 de julio de 1971 y la Ley Núm. 9 de 7 de julio de 1971.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

            Artículo 1.-Se derogan la Ley Núm. 8 de 7 de julio de 1971 y la Ley Núm. 9 de 7 de julio de 1971.

            Artículo 2.-Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación. 


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