Ley Núm. 89 del
año 1998 Derogar la Ley
Núm. 8 del 7 de julio de 1971, Ley de Sentencias.
(P. de la C. 1009), Ley 89, 1998
LEY NUM. 89 DEL 20 DE JUNIO DE 1998
Para derogar la Ley Núm. 8 de 7 de julio de 1971 y la Ley Núm. 9 de 7 de julio de 1971, que establecen la reducción de sentencias y máximos por delitos menos graves.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Al aprobarse el Código Penal de 1974, no se derogaron expresamente la Ley Núm. 8 de 7 de julio de 1971 y la Ley Núm. 9 de 7 de julio de 1971. Estas leyes tipifican y establecen la pena que acarrean los delitos menos graves.
Entendemos que estas disposiciones fueron recogidas en el Código Penal de 1974 en sus Artículos 12 y 13. Por lo que entendemos innecesario la duplicidad de estatutos.
Con el propósito de evitar confusión en cuanto a la tipificación de delitos se hace necesario derogar la Ley Núm. 8 de 7 de julio de 1971 y la Ley Núm. 9 de 7 de julio de 1971.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO
RICO:
Artículo 1.-Se derogan la Ley Núm. 8 de 7 de julio de 1971 y la Ley Núm. 9 de 7 de julio de 1971.
Artículo
2.-Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su
aprobación.
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