Ley Núm. 346 del año 2004
(P. de la C. 3376), 2004, ley 346
Ley para enmendar la sección 2052 de la Ley Núm. 120 de 1994: Código de Rentas Internas de 1994
Ley Núm. 346 de 16 de septiembre de 2004
Para enmendar el inciso (F) del párrafo (3) del apartado (a) de la Sección 2052 de la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994 a los fines de eximir del pago de impuestos de los juegos de la Liga de Béisbol Profesional de Puerto Rico.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El béisbol ha sido uno de los deportes favoritos del pueblo puertorriqueño por más de medio siglo y además constituye una actividad atlética que ha inspirado a numerosos jóvenes talentosos a destacarse en ella tanto dentro como fuera de Puerto Rico.
La Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, fue enmendada por la Ley Núm. 223 de 30 de noviembre de 1995 y establece una exención parcial del impuesto establecido en dicha disposición sobre los derechos de admisión a cualquier espectáculo público a los boletos de preferencia o de "entrada general que no excedan de dos dólares con cincuenta centavos ($2.50) y los primeros dos dólares con cincuenta centavos ($2.50) de los boletos de admisión de palco cuyos derechos de admisión no excedan los tres dólares con cincuenta centavos ($3.50) o cualquier otro boleto que cueste más de tres ($3.00) dólares con cincuenta centavos.
Según establece el Artículo 5 de la Ley Núm. 142 de 6 de mayo de 1940 los equipos contendientes en cada partido se dividirán por mitad los ingresos netos que se produzcan en cada juego o exhibición de dicho deporte.
En la época de oro del béisbol de Puerto Rico a principios de los años cincuenta no existían las múltiples formas de entretenimiento que existen hoy en día ni el acceso, mediante la televisión y los sistemas de comunicación modernos como la "Internet", a numerosos eventos deportivos como los juegos de béisbol tanto locales como internacionales, peleas de boxeo de Título Mundial desde Estados Unidos y países lejanos a Puerto Rico además espectáculos artísticos locales e internacionales de toda índole que se presentan en Puerto Rico lo que ha resultado en una disminución de la asistencia del público a los partidos de béisbol celebrados localmente.
Para proveer a los equipos de béisbol un alivio en su situación económica actual y estimular la promoción de este deporte que ha sido un vehículo para que nuestros peloteros hayan brillado dentro y fuera de Puerto Rico, la presente medida propone enmendar el Código de Rentas Internas de 1994, para proveer una exención total de pagos de impuestos a los derechos de admisión por los boletos de preferencia mejor conocidos como boletos de "entrada juegos de béisbol que se celebran entre equipos de la Liga de Béisbol Profesional de Puerto Rico.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE
PUERTO RICO:
Artículo 1.-Se enmienda el inciso (F) del
párrafo (3) del apartado (a) de la Sección 2052 de la Ley Núm. 120 de 31 de
octubre de 1994, para que lea como sigue:
"Sección 2052.- Impuesto sobre derecho de admisión a espectáculos públicos
(a)
(1)
(3) ...
(A)
(F) Los derechos de admisión de los juegos de béisbol de la Liga de Béisbol
Profesional de Puerto Rico,"
Artículo 2.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su
aprobación.
Notas Importantes:
1. Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.
2. Presione Aquí para ver la Ley Completa y Actualizada (Socios Solamente)
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ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.
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