Ley Núm. 189 del año 2008
(P. de la C. 3977), 2008, ley 189
Ley Para declarar monumento histórico a la Antigua Estación del Tren, hoy Museo Agrícola Aguadeño del Municipio de Aguada.
LEY NUM. 189 DE 7 DE AGOSTO DE 2008
Para declarar monumento histórico a la Antigua Estación del Tren, hoy Museo Agrícola Aguadeño del Municipio de Aguada.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El Museo Agrícola Aguadeño está localizado en los terrenos y edificios que ocupaba la antigua estación del tren, hoy frente al desvío sur de Aguada. El mismo se distingue de los demás desde su propósito, su razón de ser hasta el espacio que cubre no sólo dentro de la estructura antigua sino también sus alrededores.
Su símbolo lo constituyen unas esculturas de obreros agrícolas en pura acción, jíbaros que después de rendir su labor diaria en la agricultura toman su cuatro para entonar suaves melodías para alegrar el alma y el corazón de sus seres queridos y como es natural una locomotora con sus vagones sobre una pequeña loma como testigo estrella de que el paso de ellas sobre las vías de Aguada todavía se podría oír no importa que en el 1952 el llano progreso les cortara su existencias. ¡Allí estará quieta, pero con vida...! como un pavo real rodeada de cañas de azúcar, vagones, carretas de bueyes, implementos agrícolas, una réplica de la primera estación del tren en tabla de astillas y piedras calizas; rodeada también de árboles frutales y de sombras, guineos, plátanos y otros frutos menores, de la vieja cisterna de la que nacerá un riachuelo que dará vida a camarones y pequeños peces de agua dulce.
Los alrededores del museo son un remanso de paz y tranquilidad para el visitante, los árboles y las flores le dan un toque de sabor tropical y nos acercan más a la naturaleza virgen que con el progreso se está perdiendo en nuestros pueblos y que tanta falta hacen para revitalizar el espíritu.
Considerando su rica historia y valor cultural para todos los ciudadanos de Aguada, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico estima conveniente declararlo monumento histórico.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-Se declara monumento histórico a la Antigua Estación del Tren, hoy Museo Agrícola Aguadeño del Municipio de Aguada.
Artículo 2.-La Junta de Planificación y el Instituto de Cultura Puertorriqueña tomarán las medidas necesarias para dar fiel y estricto cumplimiento a esta Ley. La Junta de Planificación incluirá en el Registro de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico a la Antigua Estación del Tren, hoy Museo Agrícola Aguadeño conforme a la Sección 3.2 del Reglamento de Planificación Núm. 5 e identificará el lugar como un Sitio Histórico en el Mapa de Zonificación correspondiente.
Artículo 3.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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Presidente de la Cámara
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Notas Importantes:
1. Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.
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