Ley Núm. 265 del año 2008
(P. de la C. 4099), 2008, ley 265
Para instituir en Puerto Rico la observancia del día 7 de mayo de cada año como el “Día Mundial de los Huérfanos del SIDA”
LEY NUM. 265 DE 13 DE AGOSTO DE 2008
Para instituir en Puerto Rico la observancia del día 7 de mayo de cada año como el “Día Mundial de los Huérfanos del SIDA”.
EXPOSICION DE MOTIVOS
A nivel mundial, se ha adoptado el 7 de mayo de cada año como el “Día Mundial de los Huérfanos del SIDA”.
Dicha situación representa un reto humanitario ya que a pesar de la adopción casi universal de normas para la protección de la niñez, más de la mitad de los niños en el mundo sufren de privaciones extremas debido a la pobreza, la guerra y el VIH/SIDA, que los despojan de su niñez y les impiden convertirse en ciudadanos productivos y responsables en el futuro.
Es además considerado un reto económico dado que el SIDA tiene un impacto económico devastador en las comunidades incrementando la pobreza, quebrantando la vida familiar y comprometiendo por consiguiente su porvenir.
También representa un reto social porque la reestructuración de las sociedades azotadas por la pandemia es necesaria. El VIH/SIDA no mata solamente a los padres sino que también debilita el entorno de adultos que rodean a los niños. Entre los enfermos y moribundos están los maestros (más de un millón de estudiantes africanos han perdido a sus maestros), los profesionales de la salud a otros adultos de quienes los niños dependen.
Es un reto de seguridad porque en la mayoría de los casos los niños huérfanos o en situación vulnerable a causa del SIDA carecen de los medios necesarios para su subsistencia, convirtiéndose así en presas fáciles que hay que proteger para que no caigan en la prostitución y en la delincuencia y para que no se conviertan en niños soldados o en bombas humanas. La crisis afecta inevitablemente a los niños, su futuro, estabilidad, economía y lazos sociales.
La pandemia del SIDA tiene un efecto devastador en los millones de niños que quedan huérfanos y/o infectados con el virus. En los países más afectados, entre el 15% y 20% de los niños han perdido a uno de sus padres y en algunos casos a ambos por culpa del SIDA. La pérdida casi sistemática de los dos padres es un evento sin precedentes en la historia de la humanidad. Estos niños son excluidos y discriminados, sufren de sentimientos de abandono, soledad y angustia, no tienen acceso a la educación, no tienen acceso a los servicios básicos de salud y mucho menos a tratamiento antiretroviral, tienen que desenvolverse ellos solos. Además, son privados de protección, de educación, de apoyo y de amor, estos niños corren graves riesgos de desnutrición, enfermedad e infección por el VIH.
Se estima que el año 2010, habrá 100 millones de niños huérfanos y en situación vulnerable a causa del VIH/SIDA.
Por lo antes expuesto, resulta necesario y conveniente que Puerto Rico se una a la corriente global dirigida a promover la declaración del 7 de mayo de cada año como “Día Mundial de los Huérfanos del SIDA”.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-Se establece la observancia del día 7 de mayo de cada año como “Día Mundial de los Huérfanos del SIDA”.
Artículo 2.-El Gobernador de Puerto Rico, mediante proclama, exhortará al pueblo de Puerto Rico a observar el 7 de mayo de cada año, como el “Día Mundial de los Huérfanos del SIDA”.
Artículo 3.-El Departamento de la Familia adoptará las medidas necesarias para difundir e implantar una campaña de concienciación sobre los retos humanitarios, sociales, económicos y de seguridad que envuelven a los niños huérfanos del SIDA.
Artículo 4.-Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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Presidente de la Cámara
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Notas Importantes:
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