Ley Núm. 37 del año 2011


(P. del S. 1638); 2011, ley 37

 

Para designar el día 7 de agosto de cada año como “Día del Corazón Púrpura”

LEY NUM. 37 DE 28 DE MARZO DE 2011

 

Para designar el día 7 de agosto de cada año como “Día del Corazón Púrpura”; y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Los puertorriqueños han servido de forma honorable en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos desde la Primera Guerra Mundial en el año 1914.  Luego en la Segunda Guerra Mundial (1941-1945) más de 65,000 puertorriqueños sirvieron en las distintas ramas del aparato militar estadounidense, estando la mayoría en ultramar.  Los Regimientos 295 y 296 de la Guardia Nacional de Puerto Rico participaron en el teatro del Pacífico, mientras otros soldados sirvieron en Europa.  Además, unas doscientas (200) mujeres puertorriqueñas sirvieron en los Cuerpos Femeninos del Ejército de los Estados Unidos, algunas fueron empleadas como lingüistas en el campo de la criptología, comunicaciones e interpretación.  

Durante la Guerra de Corea (1950-1953) los 43,434 puertorriqueños activos en el Regimiento 65 de Infantería sirvieron en nueve (9) campañas mayores, sufriendo 582 bajas en acciones de combate.  Por sus valerosas acciones, esta Unidad recibió una Citación Presidencial y dos Citaciones de la República de Corea. Miembros individuales de esta organización recibieron cuatro (4) Cruces de Servicios Distinguidos y ciento veinticuatro (124) recibieron Estrellas de Plata. 

De su experiencia como Comandante en el Regimiento 65 de Infantería, el General William W. Harris escribió “Ningún grupo étnico tiene mayor orgullo en sí mismo y en su herencia que los puertorriqueños.  No he encontrado ningún otro que pueda ser más dedicado y celoso en apoyar los principios democráticos en que se apoyan los Estados Unidos.  Muchos puertorriqueños han peleado hasta la muerte para sostenerlos.”  

En el Conflicto de Vietnam (1963-1973), aproximadamente 80,000 hispanoamericanos sirvieron en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.  Aunque los latinos en ese momento sólo componían el 4.5% de la población, ellos sufrieron más del 19% de todas las bajas en Vietnam.  De los trece hispanos que ganaron la Medalla de Honor del Congreso en este Conflicto, tres fueron puertorriqueños. 

En las Operaciones Escudo del Desierto y Tormenta del Desierto (1990-1991), los puertorriqueños cumplieron con su deber y sirvieron en estas campañas.  

Actualmente en los frentes de Irak y Afganistán nuestros soldados están sirviendo con honor, valentía y orgullo.  Todos sabemos que hemos sufrido bajas en ambos frentes, al igual que muchos de nuestros soldados han sido heridos.  

El Corazón Púrpura es una condecoración concedida a los miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos que han sido heridos en combate por armas en manos del enemigo y póstumamente se le concede a algún familiar del soldado muerto en acción o muerto como resultado de las heridas sufridas.  En la sección de Historia de la revista National Geographic (edición de noviembre de 2008), se estima que en la Segunda Guerra Mundial se concedieron 964,409 Corazones Púrpura; en el Conflicto de Corea 136,936, en el de Vietnam 200,676.  En el Golfo Pérsico 590, en Afganistán 2,743; en Irak 33,923 (estas dos últimas cifras son hasta el 21 de agosto de 2008).  En Puerto Rico, de acuerdo a los números de  “Military Order of the Purple Heart” existen unos diez mil (10,000) veteranos recipientes de este galardón.  Los veteranos recipientes de esta condecoración tienen heridas de todo tipo, algunos están incapacitados como resultado de las mismas.  Estos héroes merecen ser siempre reconocidos y recordados por todas las generaciones de puertorriqueños.

 Por todo lo antes expuesto, esta Asamblea Legislativa entiende que es menester designar un día al año como el del Corazón Púrpura en Puerto Rico.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:


Artículo 1.- Se designa el día 7 de agosto de cada año como “Día del Corazón Púrpura”, para honrar a todos los veteranos recipientes de este galardón.

 

Artículo 2.- Se declara el día 7 de agosto de cada año como el “Día del Corazón Púrpura”.  El Gobernador de Puerto Rico, mediante proclama y por lo menos diez (10) días de antelación al 7 de agosto de cada año, recordará al pueblo puertorriqueño la importancia de las actividades propias que se deban llevar a cabo con motivo de la proclama.

 

Artículo 3.- Durante este día, el Procurador del Veterano y aquellas distintas entidades e instrumentalidades del Gobierno, desarrollarán una campaña orientada hacia estos efectos.

 

Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

Notas Importantes:

1.  Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

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