Ley Núm. 89 del año 2013


(P. de la C. 553); 2013, ley 89

 

Para denominar la nueva Carretera PR-3108 de la Ciudad de Mayagüez con el nombre del ilustre puertorriqueño Juan Mari Brás.

LEY NUM. 89 DE 29 DE JULIO DE 2013

 

Para denominar la nueva Carretera PR-3108 de la Ciudad de Mayagüez con el nombre del ilustre puertorriqueño Juan Mari Brás; y para otros fines.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Don Juan Mari Brás, hijo único de Santiago Mari Ramos y Mercedes Brás Graña, nació el 2 de diciembre de 1927 en el barrio La Salud de la Ciudad de Mayagüez.  Con apenas quince años de edad sus inclinaciones políticas estaban claras y definidas, y en plena adolescencia funda el Capítulo de Agregados Pro Independencia (CAPI) junto a compañeros de escuela superior en Mayagüez. En el 1943, fundó y dirigió el programa radial 'Gritos de la Patria', la primera revista radial independentista. En 1944 presidió la Juventud Independentista Puertorriqueña, organización que aglutinó varias organizaciones estudiantiles de la época. Ese mismo año se matriculó en el Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico, e inmediatamente se hizo miembro de la Sociedad Independentista Universitaria (SIU), la que presidió entre 1945 y 1946. También fue jefe de redacción del periódico universitario La Torre y escribió para El Imparcial, el semanario Puerto Rico Ilustrado y El Universitario.  Así, en 1946, fue uno de los fundadores del Partido Independentista Puertorriqueño.

 

Como estudiante universitario en el 1947, Don Juan, fue protagonista del izamiento de la bandera puertorriqueña en la Universidad de Puerto Rico la que estaba prohibida en Puerto Rico.   El izamiento de la bandera se hizo como respuesta a la negativa del Rector de la Universidad, Don Jaime Benítez, de permitir una conferencia de Don Pedro Albizu en la institución universitaria. Los actos tuvieron como resultado la huelga universitaria del 1948. A raíz de ello Don Juan fue expulsado de la universidad.

 

En 1949, Mari Brás fue admitido al Florida Southern College, donde terminó su bachillerato. De 1951 a 1954 vivió en Washington D.C. donde cursó estudios en ciencias políticas y derecho, primero en George Washington University, hasta que perseguido por sus ideas políticas fue expulsado en 1950 tras el ataque a la Casa Blair. Culminó su grado en la American University y regresó a su País con su familia.

 

En 1958, ya revalidado como abogado, laboró para la Sociedad Para Asistencia Legal de Puerto Rico. En 1959 fue uno de los fundadores del Movimiento Pro Independencia (MPI) y, junto con el sindicalista y periodista César Andreu Iglesias, fundó el semanario Claridad.  Posteriormente, en 1976, fue candidato a Gobernador por el Partido Socialista Puertorriqueño.

 

En 1973, el licenciado Mari Brás se convierte en el primer independentista en comparecer ante la Organización de las Naciones Unidas para disertar sobre la situación colonial del país. Tan profundo era su afán, que en 1994 el mismo año en que fue operado de un padecimiento cardiaco, se presentó a la embajada de Estados Unidos en Venezuela para renunciar a la ciudadanía estadounidense.  En septiembre de 2007, de manos del entonces Secretario de Estado, Fernando Bonilla, Mari Brás recibió el primer certificado de “ciudadanía puertorriqueña” que se entregó en Puerto Rico.

 

En el Colegio de Abogados, Don Juan fue miembro de distintas comisiones que lo hicieron merecedor de numerosos reconocimientos y del respeto de sus colegas. Recibió distinciones además del Pen Club, la Asociación Nacional de Estudiantes de Derecho y el Instituto de Literatura Puertorriqueña.

 

Como abogado postulante fue el arquitecto de varias controversias judiciales que sentaron jurisprudencia en al ámbito constitucional puertorriqueño y hoy día son materia obligada de estudio en todas las escuelas de derecho del País. Entre éstas se pueden destacar Mari Brás v. Casañas, 96 D.P.R. 15 (1968) y Mari Brás v. Alcaide, 100 D.P.R. 506 (1972), ambos casos atienden asuntos del derecho a la libertad de la expresión política; en PSP v. ELA, 107 D.P.R. 590 (1978), impugnaba la asignación de fondos públicos a las primarias presidenciales; y en PSP v. CEE, 110 D.P.R. 400 (1908), interpretó la intención del elector al emitir marcas en la papeleta de votaciones. Sin embargo, una de sus contribuciones más importantes a la historia constitucional puertorriqueña fue lo que él llamó su experimento jurídico desde su renuncia a la ciudadanía norteamericana: Ramírez de Ferrer v. Mari Brás, 144 D.P.R. 141 (1997).  En dicho caso se reconoció la existencia de la ciudadanía puertorriqueña validándose el derecho al voto que el ciudadano puertorriqueño Don Juan Mari Brás tenía, aun después de haber renunciado a la ciudadanía norteamericana.

 

En 1995 fue cofundador de la Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos en Mayagüez, de la cual fue catedrático. En 2006 es nombrado Catedrático de Honor Eugenio María de Hostos de la Universidad de Puerto Rico, institución de la cual fue expulsado en su juventud. La distinción honra a reconocidos exponentes e investigadores de la obra de Hostos y por primera vez esta consideración se extendió a una persona fuera de la Universidad de Puerto Rico. Además dictó cursos en el Centro de Estudios Avanzados de Puerto Rico y el Caribe-Recintos de San Juan y Mayagüez- y en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Puerto Rico. Fue autor de numerosos ensayos, artículos y de no menos de 10 publicaciones. Por su sorprendente dominio de la oratoria fue invitado a dictar conferencias en diferentes universidades de Puerto Rico, Estados Unidos, América Latina, Europa y Región Asiática.

 

Las contribuciones de Don Juan a la vida puertorriqueña en innumerables ámbitos de nuestra sociedad son incuestionables.  Si bien es cierto que a Mari Brás se le conoce por su participación activa en la política puertorriqueña, lo cierto es que su contribución se extendió aun más en la vida contemporánea nacional. Las aportaciones a las letras, al periodismo, a la cátedra, y al desarrollo constitucional de nuestra Nación, hacen de Don Juan una persona querida y admirada por personas de todas las ideologías de la política puertorriqueña.

 

Así las cosas, vista las aportaciones de Don Juan al Puerto Rico contemporáneo en todas las disciplinas que ejerció, es innegable que es merecedor de todo tipo de honor que a los hombres y mujeres ilustres se les hace. Esta Asamblea Legislativa lo menos que puede hacer es reconocer la valía de este ciudadano puertorriqueño, y en su honor, llamar Avenida Juan Mari Brás a la nueva Carretera PR-3108 en su natal Mayagüez.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 

Artículo 1.-Se denomina la nueva Carretera PR-3108 que discurre desde la Carretera PR-2 hasta la intersección con la Carretera PR-108 del Barrio Miradero de Mayagüez, como “Avenida Juan Mari Brás”.

 

Artículo 2.-La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación tomarán las medidas necesarias para dar cumplimiento con las disposiciones de ésta Ley, sin sujeción a lo dispuesto en la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada.

 

Artículo 3.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

Notas Importantes:

1.  Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

2.  Presione Aquí  para buscar enmiendas posteriores de tener alguna. Debe buscar desde la fecha de esta ley al presente.

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