2023 LEYES DE PUERTO RICO 2023
Ley Núm. 21 del año 2023
(P. del S. 904); 2023, ley 21
Para declarar el 26 de octubre de cada año como el “Día de la Mentoría”.
Ley Núm. 21 de 12 de enero de 2023
Para declarar el 26 de octubre de cada año como el “Día de la Mentoría”; unir al Estado Libre Asociado de Puerto Rico a las actividades que se realizan con relación al “Día Internacional de la Mentoría”, con el propósito de promover, concienciar, educar y resaltar los logros de la mentoría en el desarrollo integral de los individuos; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
De conformidad con la literatura revisada, la mentoría posee diversas definiciones para definirle. No obstante, tiene como base fundamental la comunicación y la relación entre personas, donde la persona que posee mayores destrezas y conocimiento, colabora o ayuda en el desarrollo personal de la otra. A través de esa relación entre personas se logra la transmisión de conocimiento, lo cual puede ser de manera formal como informal, propiciándose el empoderamiento de la persona para su propio desarrollo y capacidad de emprendimiento.
Varias son las vertientes que por medio de la mentoría pueden emplearse para ayudar a una persona a lograr su máximo potencial. Los importante es como a través de esta se logra darle visibilidad a personas y comunidades que, por circunstancias particulares, han sido invisibilizadas o marginadas por la sociedad y se logran mecanismos de instrucción y capacitación en los cuales se les ofrece una nueva dimensión o perspectiva centrada en la participación e inclusión, así como la diversidad para romper con paradigmas y estereotipos. En Puerto Rico, por ejemplo, existen diversas entidades enfocadas en ofrecer mentoría. El Puerto Rico Youth Health Careers Program (PRYHC) es una de esas iniciativas con el fin de promover que las limitaciones de recursos en estudiantes sean un obstáculo para optar por carreras en el campo de la salud. El programa es una propuesta otorgada a la Academia de Directores Médicos de Puerto Rico y una iniciativa del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos de América. Tienen como misión el fortalecer la experiencia de los estudiantes a través del Programa de Mentoría, siendo este uno de los múltiples servicios que ofrece. También está Jóvenes de Puerto Rico en Riesgo, Inc., una organización sin fines de lucro que mediante la educación y la capacitación es pionera en ofrecer mentoría -uno a uno-, con el firme propósito de que los jóvenes logren asumir el control sobre sus vidas y desarrollen destrezas personales y sociales. La mencionada entidad tiene un legado de éxitos de veinticinco (25) años con un modelo eficiente y efectivo enfocado en jóvenes entre las edades de 13 a 17 años, desarrollando iniciativas para evitar interrumpir sus estudios y se involucren en actividades delictivas.
Los ejemplos antes mencionados son algunas de las entidades que en Puerto Rico ofrecen sus servicios y han sido una alternativa transformadora para las personas y las comunidades. Han logrado ser un mecanismo para inspirar y provocar cambios sobre la vida de las personas y ser mejores individuos, así como mejores ciudadanos en las comunidades y en la sociedad.
A nivel internacional el 26 de octubre de cada año es la fecha establecida para celebrar y desarrollar eventos relacionados con las historias de éxito por medio de la mentoría. El objetivo es destacar cómo esta contribuye y forja en las personas estructura para interactuar, involucrar, crear y fomentar relaciones mediante las cuales se desarrollan personalmente, mientras logran resultados de vida orientados a objetivos. Razones que dan base a la presente legislación e incorporar a Puerto Rico como parte de las naciones del mundo que celebran y desarrollan eventos para resaltar los logros alcanzados mediante la mentoría en la vida de las personas.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Se declara el 26 de octubre de cada año como el “Día de la Mentoría” y se une al Estado Libre Asociado de Puerto Rico a las actividades que se realizan con relación al “Día Internacional de la Mentoría”, con el propósito de promover, concienciar, educar y resaltar los logros de la mentoría en el desarrollo integral de los individuos.
Artículo 2.- La persona que ocupe el cargo de gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico dará fiel cumplimiento a los propósitos de esta Ley y, mediante proclama al efecto, exhortará anualmente a todo el pueblo puertorriqueño a realizar en ese día actividades conducentes a promover, concienciar, educar y resaltar los logros de la mentoría en el desarrollo integral de los individuos y exhortará a todas las entidades, públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general, a organizar actividades a tenor con el propósito de esta Ley.
Artículo 3.- El Departamento de Educación y la Universidad de Puerto Rico, conjuntamente, tendrán a cargo el organizar actividades y darán participación a toda entidad pública o privada que interese colaborar o realizar aportaciones para el auspicio de los eventos y actividades relacionadas.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
----------------------------------------------------------------------------------
ADVERTENCIA
-Este documento es una copia de la Ley original de Puerto Rico cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores. Está sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada en www.LexJuris.net
----------------------------------------
1. Presione Aquí para ver la Ley Completa, con sus Enmiendas integradas y Actualizada. (Solo socios y Suscriptores)
2. Presione Aquí para Regresar al Índice y Seleccionar otra ley.
3. Presione Aquí para ver Índice por Años desde el 1997 al presente.
4. Búsquedas Avanzadas de todas las Leyes de Puerto Rico Actualizadas y la Jurisprudencia desde el 1899 al presente. (Solo socios y Suscriptores)
5. Visite la página de nuestro Club de LexJuris de Puerto Rico www.LexJuris.net para ver los beneficios y precios de las membresías y/o tiendita para ordenar su membresía en www.LexJurisStore.com o llame al tel. (787) 269-6475 LexJuris de Puerto Rico.
-----------------------------------------------------
La información, las imágenes, gráficas u otro contenido en todos los documentos preparados por LexJuris son propiedad de LexJuris. Otros documentos disponibles en nuestras conexiones son propiedad de sus respectivos dueños. Derechos Reservados. Copyright (c) 1996-al presente LexJuris de Puerto Rico.