Revista Jurídica de LexJuris de Puerto Rico

Volumen 9 Agosto 2006 Núm. 2


CONDUCTAS INAPROPIADAS EN EL USO DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION


Por : Lcda. Irlanda Ruiz Aguirre

 

Cada vez son más las personas y las empresas que hacen uso de los sistemas de información. El uso de estos sistemas son  una herramienta vital en el día a día, sin embargo a pesar de su auge y la dependencia de ellos,  no existe como tal  una ley o reglamentación específica que regule el área de los sistemas de información.  Las leyes aplicables a esta área provienen de las comunicaciones y algunas dejan grandes lagunas que cubrir. Es por eso que ante la falta de una reglamentación uniforme, el patrono es responsable de crear políticas adecuadas.  Teniendo en cuenta esto deseamos plasmar aquellas conductas inapropiadas en  los sistemas  que pueden  conllevar a penalidades legales o sanciones en el empleo.

El patrono debe recordar que por regla general siempre va a ser responsable de lo que su empleado haga.  Un mal manejo de los sistemas representa grandes pérdidas para la compañía.

Entre las conductas inaceptables en el uso de los sistemas en el trabajo  se hallan:  grabar o reproducir programas, grabar o reproducir películas o música, acceder páginas pornográficas del WEB, utilizar la computadora del trabajo para almacenar fotografías y/o videos de naturaleza obscena o pornográfica, enviar correos electrónicos de naturaleza ofensiva ya sean obscenos o prejuiciosos.

Otras conductas inaceptables lo son el acceder información confidencial de la empresa y empleados, envío de correo electrónico de chistes. Envío de cadenas (chain letters), transmitir información falsa o difamatoria, revelar secretos de negocio, usar información privilegiada en su propio beneficio o de otros.

Es importante recordar que aún cuando un programa, escrito, o cualquier otro trabajo sea accedido a través de la Internet, los mismos están protegidos por lo que se conoce por derechos de autor o copyrigtht.  Esto significa que una persona que baje una información de Internet y no le de crédito a la fuente, puede ser acusada de plagio.

Algunas conductas no apropiadas de los sistemas,  mientras estamos en el empleo lo son el utilizar la computadora para asuntos personales  como llevar a cabo trabajos privados , planear vacaciones y hacer reservaciones en horas laborables, envío y recibo de correo electrónico personal, compras en la Internet, entre otros.

A través de los sistemas se puede incurrir en conductas delictivas, ejemplo de ellas lo son:  acceder a pornografía infantil, cometer piratería , robo de identidad, apropiación ilegal, fraude, difamación y otros.   

            Lo mejor al usar los sistemas es el uso común, mientras el patrono establece las políticas adecuadas para el uso del mismo, que han de estar limitadas a asuntos de trabajo únicamente.

 

La autora es abogada-notario. Para comentarios pueden escribirle a ira@smartekpr.com

 


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